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Las normas del Gobierno Nacional que tienen contra las cuerdas al sector minero colombiano

Decretos como las zonas de protección para la producción de alimentos, las áreas de reserva de recursos naturales temporales y los distritos mineros, están recrudeciendo el debate sobre la coexistencia entre el agro y la minería, dos actividades económicas importantes en el país.

  • En el segundo trimestre de 2024, la minería colombiana registró una caída del 8,1% en el PIB. FOTO El Colombiano.
    En el segundo trimestre de 2024, la minería colombiana registró una caída del 8,1% en el PIB. FOTO El Colombiano.
20 de enero de 2025
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Desde hace varios días una resolución del Ministerio de Agricultura, que da vida a las Zonas de Protección para la Producción de Alimentos (Zppa), ha generado controversia en sectores como la minería y la ganadería, pues busca restringir el uso del suelo exclusivamente para actividades agrícolas prioritarias, dejando por fuera estas actividades económicas, consideradas de alto impacto ambiental.

Esta norma se aplicaría en nueve municipios de la alta Guajira; en 21 de Córdoba; dos de Santander; 11 de la sabana de Bogotá; ocho de una zona entre Tolima y el Cauca; seis del Bajo Cauca; y en 23 del suroeste de Antioquia.

Sin embargo, esta no es la única normativa del Gobierno que tiene en alerta a la industria minera; pues hay otras iniciativas que también pondrían contra las cuerdas el desarrollo de esta actividad en el país.

Algunos ejes de la discordia

Sobre la resolución mencionada, Luis Fernando Barrera, presidente de la junta directiva de la Asociación de Profesionales del Sector Minero Colombiano (APMC), aseguró que la implementación afectaría a los proyectos mineros que se están llevando a cabo, especialmente los de cobre, que serían necesarios para la transición energética.

“Esto afecta proyectos de exploración necesarios para el país. Hay que anotar que una vez declaradas estas Zappa posteriormente vendrán las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPAS) que generarán un cambio en los planes de ordenamiento territorial de los municipios, afectando los proyectos industriales que se vienen desarrollando”, dijo. Y agregó que, entonces, esto implicaría que muchos sectores productivos entren en una situación crítica, pese a su importancia para la economía.

“Por medio de estos instrumentos, las entidades del Gobierno Nacional tienen la potestad de decidir el uso de los suelos en los territorios, desconociendo la caracterización de estos y las actividades productivas históricas de cada región. En esas conversaciones no se han incluido a actores claves como el sector empresarial ni a la comunidad”, señaló.

Para el experto, este tipo de instrumentos se interponen a la autonomía de los gobiernos locales, y consideró que no tienen los criterios suficientes o datos actualizados sobre cuáles deben ser las actividades productivas que se deben priorizar para beneficiar la economía local y mejorar la calidad de vida de la comunidad.

En una columna en el diario La República, Giovanni Franco, profesor de la Universidad Nacional, opinó que si bien el objetivo de las Zappa es proteger la producción alimentaria, estas zonas serían, en realidad, un sofisma de distracción que busca restringir la exploración, extracción y beneficio de las reservas minerales que se encuentran en el subsuelo.

“Un aspecto que se debe considerar es la posición geográfica de nuestro país, que se encuentra cerca de la línea ecuatorial. Esta ubicación permite la producción agrícola durante todo el año, a diferencia de naciones que dependen de las estaciones. Esta ventaja debería incentivar al MinAgricultura a fomentar prácticas sostenibles que integren la agricultura y la minería, en lugar de imponer restricciones que podrían limitar el desarrollo económico”, consideró.

Pero a lo anterior se suma otro decreto que también tiene tambaleando al sector. Se trata de la resolución que declara y delimita las reservas de recursos naturales de carácter temporal.

Para la Asociación Colombiana de Minería (ACM), este decreto fija poderes al Ministerio de Ambiente para reservar áreas excluidas de la minería en el territorio nacional, sin contar con estudios técnicos, sociales, ni ambientales rigurosos.

Esto deja al sector minero en una alta incertidumbre y sujeto a una parálisis por 5, 10, 20 o incluso muchos años más”, explicó Juan Carlos Nariño, presidente del gremio.

Añadió que con esta norma ningún proyecto minero podrá recibir permisos para desarrollar actividades en las áreas de reserva temporal que se definan, situación que afecta a los nuevos proyectos e incluso a los que están en ejecución.

Desde la ACM indicaron que esta resolución “vulnera la participación ambiental al declarar reservas temporales sin participación ciudadana y sin los estudios y la cartografía que ordena el Código de Minas y el Consejo de Estado, y desconoce la autonomía de las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), pues las deja por fuera de la toma de decisiones sobre esta materia”.

Otras reglamentaciones

Por otro lado, en agosto de 2024 el Ministerio de Minas y Energía reglamentó el decreto 0977 que estructuró los distritos mineros especiales, una de las políticas especiales del Gobierno planteadas en el Plan Nacional de Desarrollo. Este abarca los departamentos de Antioquia, Nariño, Boyacá, Cesar, Cundinamarca, Cauca, Valle del Cauca, Caldas y Chocó.

“Estos distritos son el instrumento para planificar la minería y llevar soluciones a las comunidades donde se presenta una alta dependencia de la actividad minera, permitiendo que se complemente y direccione para atender las necesidades de los territorios”, explicó la cartera en ese momento.

De acuerdo con un análisis de la firma Holland & Knight, los propósitos establecidos en esta normativa se enfocan en la sustitución de la actividad minera, “por lo que resulta importante que el sector esté muy atento a la participación en la ejecución de esta figura”.

Para Estefanny Pardo, abogada del área de derecho minero, hay una posible contradicción en designar áreas específicas como distritos mineros y a la vez de proponer el establecimiento de reservas temporales donde las actividades mineras estén prohibidas.

La abogada subrayó la necesidad de clarificar los objetivos de estos distritos mineros especiales, ante la incertidumbre sobre si promoverán principalmente la minería o se centrarán en la conversión y reindustrialización.

Es contradictorio señalar que municipios que son muy mineros vayan a dejar de serlo y se conviertan en distritos en los que se van a promover actividades económicas alternativas a la minería. No podrían llamarse entonces distritos mineros”, explicó.

Y concluyó que se hace necesario detallar las metas del decreto, que incluyen promover la formalización de la minería, facilitar la reconversión productiva, demarcar zonas de exclusión de la actividad minera, realizar una planificación socioambiental y perseguir la reindustrialización basada en minerales estratégicos.

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