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Comercializadoras de vapeadores enfrentan multas por no alertar a los clientes que sus productos son nocivos para la salud

La sanción de la Superindustria marca un precedente y ordena a las compañías ajustar la publicidad de estos productos para que incluya la información sobre su nocividad.

  • Tres empresas deberán responder por multas al no informar sobre lo nocivo de sus productos. FOTO: Carlos Alberto Velásquez.
    Tres empresas deberán responder por multas al no informar sobre lo nocivo de sus productos. FOTO: Carlos Alberto Velásquez.
09 de noviembre de 2023
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Empresas que comercializan vapeadores en Colombia tendrán que responder por multas entre los $19 millones y hasta 1.245 millones por no informar a sus clientes sobre lo nocivo que son sus productos para la salud.

La noticia la dio a conocer la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que dichas compañías no informaban su publicidad, empaques, envases o anexos, que las sales de nicotina y los líquidos de vapeo contienen componentes que son considerados nocivos para la salud y que los consumidores deben consultar las condiciones o indicaciones para su uso correcto, así como las contraindicaciones del caso.

Se trata de British American Tobacco Colombia, que tendrá que cancelar cerca de $1.245 millones; la segunda para Lifetech S.A.S., a la que se sancionó con $232 millones y la tercera al Grupo DYI S.A.S. con un monto de $19,7 millones, según lo indicó el ente de control.

Además de la multa, las SIC les ordenó a esas empresas, suministrar información de forma clara, oportuna, suficiente, precisa y en español, frente a la totalidad de los productos ofrecidos, bien sea a través de la página web o piezas publicitarias que emitan física o digitalmente las comercializadoras.

También, contar a los consumidores que los productos que comercializan hoy y a futuro, correspondientes a sales de nicotina y líquidos de vapeo en virtud de sus componentes, se constituyen como productos nocivos.

Para ello, deberá indicarse con claridad y en caracteres legibles, bien sea a través de etiquetas, en sus envases o empaques, o, a través de un anexo, sus efectos nocivos, condiciones o indicaciones necesarias para su correcta utilización, así como las contraindicaciones de estos.

Igualmente tendrán que ajustar la publicidad física o digital que se emita a futuro en el sentido de advertir al público acerca de la nocividad de los componentes de los productos de vapeo, en concreto de las sales de nicotina y líquidos de vapeo, así como la necesidad de consultar las condiciones o indicaciones para su uso correcto y las contraindicaciones del caso.

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