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Supersociedades sanciona con $232 millones a Frontera Energy en Colombia

La sanción fue impuesta por no incluir en el grupo empresarial a las seis sociedades extranjeras con sucursal en Colombia.

  • Según la Supersociedades, se trata de relaciones de control que, si bien se configuran fuera del país, tienen importantes efectos en el territorio colombiano. Foto: Cortesía
    Según la Supersociedades, se trata de relaciones de control que, si bien se configuran fuera del país, tienen importantes efectos en el territorio colombiano. Foto: Cortesía
31 de enero de 2024
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La Superintendencia de Sociedades comprobó la existencia de unas sociedades en el exterior con presencia en Colombia que son controladas por la canadiense Frontera Energy Corporation, pero que no fueron vinculadas al conglomerado. Por esta razón, impuso una multa de $232 millones.

De acuerdo con la Superintendencia, el grupo empresarial, encabezado por Frontera Energy, que actúa como matriz, está compuesto por diversas compañías subordinadas, incluyendo la Sociedad Portuaria Puerto Bahía S.A., Líneas de Conducción S.A.S., Zona Franca Bahía de Cartagena S.A.S., Parque Logístico Bahía de Cartagena S.A.S., Major International Oil S.A. (República de Panamá), Promotora Agrícola de los Llanos S.A. (República de Panamá), Frontera Energy Colombia Corp. (Confederación Suiza), Petróleos Sud Americanos S.A. (Confederación Suiza), Pacific Infrastructure Ventures Inc. (Islas Vírgenes Británicas), y PRE Corporate Services Corp. (República de Panamá).

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De esta manera, la multa se impuso por el incumplimiento del artículo 30 de la Ley 222 de 1995, “al no haber incluido en la inscripción de las situaciones de control y/o de grupo empresarial, que constan en el registro mercantil, a las seis sociedades extranjeras con sucursal en Colombia”.

La Supersociedades reveló que la investigación comenzó luego de una solicitud hecha por los inversionistas de Frontera Energy Corporation (Canadá), ante un juzgado en Colombia, para recibir reparación por perjuicios causados a un grupo.

Según la entidad, se trata de relaciones de control que, si bien se configuran fuera del país, tienen importantes efectos en el territorio colombiano. En consecuencia, dijo, Frontera Energy Corporation debió revelar la vinculación de dichas compañías al conglomerado en el registro mercantil de las sociedades nacionales y sucursales en Colombia.

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“La revelación de las situaciones de control y/o de grupo empresarial es de interés público, por cuanto existe un riesgo para las diferentes personas que interactúan con las empresas cuando no se conoce la identidad de las verdaderas matrices o controlantes, y de todas las entidades vinculadas”, afirmó Billy Escobar, superintendente de Sociedades.

El funcionario explicó que, aunque el derecho societario permite que una o varias personas naturales o jurídicas puedan constituir y controlar sociedades, también impone la obligación de solicitar la inscripción en el registro mercantil de esta realidad, de forma completa y precisa.

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Y agregó que “la revelación de las estructuras de control y de los grupos empresariales puede resultar fundamental para las autoridades correspondientes, al analizar potenciales conflictos de intereses de los administradores sociales, realidad de las operaciones entre vinculadas, consolidación de estados financieros, evaluación de riesgos y efectos en casos de insolvencia”.

Aunque Frontera Energy y otras entidades involucradas en la investigación administrativa interpusieron recursos de reposición y apelación contra la decisión definitiva, desistieron de estos.

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