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Uber, Didi y Cabify en la mira de la SIC: las plataformas podrían recibir multas millonarias, ¿por qué?

La decisión se conoce justo cuando taxistas de Bogotá adelantan una jornada de protesta.

  • La SIC podría imponer multas por $130.000 millones a plataformas como Uber, Didi y Cabify en Colombia. FOTO: Jaime Pérez
    La SIC podría imponer multas por $130.000 millones a plataformas como Uber, Didi y Cabify en Colombia. FOTO: Jaime Pérez
14 de mayo de 2024
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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) inició investigaciones contra varias de las compañías que intervienen en la operación de las plataformas de transporte en Colombia, entre ellas Uber, Didi y Cabify.

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El propósito de las actuaciones es determinar si las firmas investigadas habrían infringido el régimen de protección de la competencia y de competencia desleal administrativa, al haber promovido la prestación de servicios de transporte en incumplimiento de la regulación del sector y en condiciones que habrían generado ventajas competitivas en beneficio de los prestadores que están vinculados a las plataformas.

“Dadas las competencias de la SIC, las investigaciones se enmarcarán en un análisis sobre el respeto a las normas que protegen la libre y leal competencia, por ende, el análisis de la autoridad de competencia no se centrará en establecer si las plataformas prestan directamente el servicio de transporte, ya que esto no se relaciona con el objeto de las actuaciones administrativas”, se lee en el comunicado de la SIC.

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De manera preliminar, la autoridad de competencia consideró que las empresas investigadas habrían promovido la prestación ilegal de servicios de transporte al haber ejercido una influencia determinante en la organización, planificación y prestación de esos servicios mediante conductores y vehículos no autorizados.

“Esto porque las plataformas harían posible la prestación de los servicios y se encargarían de determinar aspectos fundamentales como el cálculo de tarifas, la administración del sistema de recaudo, la fijación de la comisión de la plataforma, y la determinación de los ingresos de los conductores. Todo lo anterior sería indicativo de la influencia fundamental de las plataformas, que no se limitarían a un simple rol de intermediación”, añadió la superintendencia.

El incumplimiento de la regulación del sector transporte habría generado ventajas competitivas para las plataformas y los conductores que prestan el servicio a través de ellas. En particular, les habría permitido acceder a la prestación del servicio sin cumplir las condiciones para esto, definir la capacidad transportadora disponible, establecer la localización geográfica de los servicios, calcular las tarifas, y no incurrir en los costos de acceder y permanecer en el mercado.

Para la SIC esas ventajas competitivas se habrían obtenido frente a los demás oferentes quienes, cumpliendo la regulación, enfrentarían costos que los posibles infractores de la norma no asumirían. En adición, la infracción podría poner en riesgo la seguridad e integridad de los usuarios, pues la regulación también está orientada a garantizar condiciones adecuadas para la prestación del servicio.

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El propósito de la actuación administrativa es que, con los argumentos presentados por las plataformas y la participación de todo aquel que tenga un interés directo, se determine si la actividad investigada está acorde o no al régimen de libre y leal competencia. Con este ejercicio la autoridad de competencia invita a una discusión abierta y transparente dirigida a construir y entender las dinámicas del mercado desde todas las perspectivas relevantes para generar soluciones que beneficien a todos los involucrados y, principalmente, a los consumidores.

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Con el fin de garantizar los derechos de los investigados, la Superintendencia de Industria y Comercio ha iniciado investigaciones separadas para cada una de las plataformas y entre las personas jurídicas vinculadas a esas actuaciones figuran Cabify Matriz y Maximobility; Didi Mobility Information Technology y Asesorías CC; Uber Technologies y Uber; así como a Rasier Pperations y Lieber Colombia.

“En el evento en que se comprueben las conductas imputadas, la superintendencia podrá imponer a cada persona jurídica multas hasta de 100.000 salarios mínimo legales mensuales vigentes ($130.000 millones). Adicionalmente, podrá imponer órdenes dirigidas a que la realización de las actividades económicas de las investigadas se adapten a la normativa aplicable en materia de libre y leal competencia. Contra esta decisión no procede ningún recurso”, concluyó el comunicado de la SIC.

Esta decisión se conoce justo el mismo día que parte del gremio de taxistas entró en paro, a modo de protesta en Bogotá. Así se decidió desde el 6 de mayo pasado tras una reunión de sus líderes, en donde anunciaron que harían manifestaciones en varios puntos de la capital.

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Se trata de un nuevo capítulo en la rivalidad entre el gremio y las aplicaciones que prestan servicios privados de transporte, como Uber, Didi e InDriver, que actualmente no están reguladas por ley, pues las tarifas formales de transporte y de impuestos a pagar por esa actividad son fijadas por las autoridades de tránsito.

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