Este martes 16 de julio, el presidente Gustavo Petro sancionará la nueva reforma pensional, marcando el inicio de un cambio en el sistema de pensiones del país. Esta reforma hará que Colpensiones se convierta en el principal encargado de las pensiones en Colombia, bajo un sistema de pilares, aprobado por el Congreso.
Según Jaime Dussán, el presidente de Colpensiones, la entidad tendrá que integrar a los afiliados de los fondos privados de pensiones, lo que aumentará el número de afiliados a unos 24 millones.
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Asimismo, Dussán señaló que ya están trabajando en los decretos reglamentarios de la nueva ley, y que en los próximos días se emitirá un decreto marco esencial. “Llevamos 15 días en esto. Vamos a sacar un decreto marco fundamental para definir los elementos clave de la transición”.
Los decretos tratarán temas como las condiciones para los afiliados que están cerca de pensionarse y la manera en que se transferirán los afiliados de los fondos privados a Colpensiones.
La transición entre el antiguo y nuevo sistema será especialmente importante para quienes están cerca de cumplir los requisitos para pensionarse. Las mujeres con más de 750 semanas cotizadas y los hombres con más de 900 semanas tendrán un trato especial durante esta fase.
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En este punto, en entrevista con Blu Radio, se generaron varias dudas, tras la afirmación del presidente de Colpensiones sobre la entrada en vigencia del régimen de transición. Así fue la conversación:
Periodista Víctor Grosso: “Para claridad, el artículo 92 del proyecto que ustedes aprobaron en el Congreso, el de la vigencia, dice que el sistema de protección social integral para la vejez, invalidez y muerte de origen común, previsto en la presente ley, entrará en vigor el primero de julio del año 2025”.
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Jaime Dussán, presidente de Colpensiones: “Sí, está leyendo correctamente”.
Néstor Morales, director de Blu Radio: “Por eso le digo, doctor Dussán, deberían en la reglamentación hacer una claridad alrededor de vigencia y promulgación, porque hay personas que están entendiendo que todo esto entra en vigencia el año entrante y que no entra en vigencia con la sanción de la ley”.
Dussán: “Estas preguntas no las han hecho varias veces. Con la reglamentación precisamente que se está haciendo en este momento, preparando los decretos para que sean expedidos por el Gobierno Nacional. Van a tenerse en cuenta todo ese tipo de inquietudes que pueden generar los artículos de la ley”.
Víctor Grosso: “Es que quedamos un poquito confundidos, doctor Dussán, si nos pudiera ayudar con una aclaración. Es decir, las 900 semanas para hombres y 750 semanas para mujeres, ¿hay que cumplirlas hoy o en un año?”.
Dussán: “Hay que cumplirlas hoy”.
Néstor Morales: “Sí, ahí es donde yo le digo que debería aclarar eso suficientemente”.
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Tras esta entrevista, en EL COLOMBIANO verificamos la afirmación del presidente de Colpensiones sobre la entrada en vigencia del régimen de transición, si empieza hoy 16 de julio o el 1 de julio de 2025.
¿Qué dice el articulado?
El artículo 75 del proyecto de ley aprobado dice que las personas que tengan 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 semanas cotizadas (hombres) al momento de entrar en vigencia el nuevo Sistema de Protección Social Integral para la Vejez seguirán regidas por la Ley 100 de 1993 (actual sistema pensional).
Además, se contarán las semanas cotizadas en cualquier régimen pensional de la Ley 100, ya sea de Prima Media (Colpensiones), Ahorro Individual (fondos privados de pensiones), al Instituto de Seguros Sociales, o en cualquier entidad pública o privada. Quienes no alcancen esas semanas cotizadas seguirán las disposiciones de la nueva ley.
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Entonces, ¿cuándo entra en vigor la ley aprobada por los congresistas? El mismo texto del nuevo Sistema de Protección Social para la Vejez, Invalidez y Muerte empezará a funcionar el 1 de julio de 2025.
En ese orden, este 16 de julio de 2024 se sanciona la ley y el próximo 1 de julio de 2025 entra en vigor.
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Expertos aclaran dudas
En primer lugar, Iván Camilo Jiménez, profesor del Observatorio Laboral de la Universidad Javeriana y magíster en Derecho Laboral y Seguridad Social, precisó que el artículo 92, citado anteriormente, es claro a la entrada en vigencia del nuevo sistema. “No hay más de dos vigencias diferentes”.
Jiménez también citó el artículo 95 que establece las derogatorias del sistema pensional.
A renglón seguido puntualizó que, si bien hay dos vigencias, como lo indica la ley, el artículo 94 es claro al decir que el sistema entra en vigor el 1 de julio de 2025.
“Otras partes de la norma sí lo harán con la sanción... Entonces da pena contradecir a Dussán, pero está flagrantemente equivocado y es preocupante que el presidente de Colpensiones no haya leído la norma”, advirtió el académico.
A reglón seguido, el abogado Kevin Hartmann, experto en pensiones, detalló que Dussán confunde la entrada en vigencia de la ley con la promulgación. “Es muy grave que el presidente de Colpensiones no sepa la diferencia entre ambas cosas porque tiene que ver precisamente con el mandato constitucional legal que tiene que cumplir en tanto presidente de Colpensiones”.
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Por eso, el experto insistió en que la promulgación de la ley es hoy (16 de julio de 2024) y frente a la promulgación de la ley hay unos artículos que se activan, notablemente el artículo que le va a permitir a las personas que a partir de un número de semanas poderse trasladar entre Colpensiones y los fondos privados de pensiones durante los próximos dos años, y la entrada en vigencia del sistema, que es la entrada en vigor del régimen de transición también que será el 1 de julio del 2025.
El artículo al que se refiere Hartmann es el 96, que se refiere a la oportunidad de traslado de los cotizantes, que podrán pasarse de los fondos privados a Colpensiones a partir de este 16 de julio, como lo indica el texto:
“Es muy grave que el señor Dussán esté confundiendo promulgación de la ley con entrada en vigor, precisamente porque él es la persona que está llamada a implementar la reforma y hacer la transición ordenada al nuevo régimen”, alertó Hartmann.
Por eso, el docente Jiménez agregó que, aun si se abriera la discusión por la posibilidad de varias interpretaciones, se debe escoger la más favorable a los afiliados, que es una transición completando las semanas a 1 de julio de 2025
“Lo que empieza a funcionar con la sanción de la norma dependerá de reglamentación, pero serán temas como cotizaciones a solidaridad, equivalencias de semanas, forma de elegir fondos privados para los afiliados actuales a Colpensiones que ganan más de 2,3 salarios mínimo”, explicó Jiménez.
Por lo tanto, se puede concluir que el presidente de Colpensiones confunde los tiempos de sanción con el de la entrada en vigor de la ley, por eso sus afirmaciones desinforman.
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Detalles del régimen de transición
Este régimen de transición busca proteger los derechos adquiridos de estas personas y garantizarles su pensión, a pesar de la entrada en vigencia de la reforma pensional, que se daría a partir del 1 de julio de 2025.
El régimen especial establece que se mantendrán las reglas de pensión previas para aquellos cotizantes que cumplan con los siguientes requisitos:
*Hombres con 900 semanas cotizadas.
*Mujeres con 750 semanas cotizadas.
Por lo tanto, la edad no será tenida en cuenta para acceder a este régimen especial, por lo que las personas que cumplan con los requisitos de semanas cotizadas podrán hacerlo con esta transición.
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¿Quiénes no podrán acceder a este régimen? Según el articulado, aquellas personas que no alcancen las semanas de cotización requeridas para acceder al régimen especial entrarán en el nuevo sistema de pilares de la reforma pensional.
Esto significa que deberán cumplir con los requisitos de cotización de la nueva reforma para poder pensionarse.