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Tribunal Administrativo de Antioquia decreta la pérdida de investidura al concejal Juan Carlos Upegui

Consideró por mayoría que el concejal y excandidato a la alcaldía violó el régimen de inhabilidades. La decisión es en primera instancia y Upegui ya anunció que apelará ante el Consejo de Estado.

  • La justicia consideró que el concejal Juan Carlos Upegui violó el régimen de inhabilidades. Foto: Carlos Velásquez Piedrahita
    La justicia consideró que el concejal Juan Carlos Upegui violó el régimen de inhabilidades. Foto: Carlos Velásquez Piedrahita
  • En los sitemas de la rama judicial, ya aparece el sentido del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia. FOTO: CORTESÍA
    En los sitemas de la rama judicial, ya aparece el sentido del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia. FOTO: CORTESÍA
16 de febrero de 2024
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El Tribunal Administrativo de Antioquia decretó este viernes la pérdida de investidura del concejal de Medellín y excandidato a la Alcaldía, Juan Carlos Upegui, quien desde noviembre del año pasado es señalado de haber arrastrado impedimentos para participar en las pasadas elecciones.

La decisión se conoció durante la tarde de este viernes, luego de que ese órgano considerara por mayoría que el candidato de Daniel Quintero en los últimos comicios locales violó el régimen de inhabilidades.

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Aunque por ahora no se conoce la decisión en profundidad, dado que desde el tribunal aún no se ha hecho pública la sentencia completa, la determinación ya aparece en los sistemas de la rama judicial. Es la primera vez que se configura una pérdida de investidura de un político que ganó la curul en el Concejo tras quedar segundo en las votaciones para alcalde.

En los sitemas de la rama judicial, ya aparece el sentido del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia. FOTO: CORTESÍA
En los sitemas de la rama judicial, ya aparece el sentido del fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia. FOTO: CORTESÍA

Pese a que la Sala Plena decretó dicha pérdida de investidura por mayoría, el magistrado Carlos Enrique Pinzón Muñoz se apartó de esa posición y presentó un salvamento de voto. “Expongo las razones que me llevan a disentir de la posición mayoritaria, en lo que respecta a la definición de la Litis, pues considero que no ha debido declararse la pérdida de investidura del Concejal”, expresó el togado en el salvamento.

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Samuel Ortiz Mancipe, uno de los demandantes vinculados al proceso, explicó que la sentencia completa podría estarse conociendo durante los primeros días de la próxima semana, cuando esté lista la firma de todos los magistrados.

De igual forma, Luis Humberto Guidales, director ejecutivo de la Veeduría Transparencia Electoral, también vinculada al proceso, señaló que en aquel documento podrá conocerse la magnitud de la sanción, que podría inhabilitar a Upegui para volver a aspirar a la Alcaldía y el Concejo.

Según explicaron tanto Ortiz como Guidales, aunque en contra de Upegui ya cursaba un proceso de nulidad, con el que se buscaba dejar sin efecto los formularios de la Registraduría que formalizaron su segundo lugar en las elecciones pasadas, la sentencia de este viernes tiene que ver con otro proceso que transcurría de forma paralela, con el que se buscaba separar al corporado de su cargo e inhabilitarlo para desempeñar otros cargos públicos en el futuro.

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La inhabilidad que hoy le costó la curul a Upegui salió a la luz pública desde finales desde noviembre pasado, cuando varios expertos en derecho administrativo advirtieron que el político habría incumplido con los requisitos que la ley estipula para participar en las decisiones.

El problema vendría por cuenta de su padre, identificado como Carlos Alberto Upegui Mejía, quien en plena época electoral ejercía como rector de un colegio.

Cabe recordar que, pese a que Upegui Mejía había ejercido por largo tiempo como docente de la Secretaría de Educación de Envigado, tras el inicio de la administración del exalcalde Daniel Quintero aterrizó en marzo de 2020 en el conglomerado público de Medellín como director del Centro de Innovación del Maestro (MOVA).

De esa entidad, Upegui Mejía luego fue reubicado como docente en la Institución Educativa Héctor Abad y luego pasó a desempeñarse como rector encargado de la Institución Educativa San Lorenzo de Aburrá.

Por cuenta de este último cargo, que se formalizó el 21 de junio de 2023 a través de la resolución 202350049804, vendría la inhabilidad para Juan Carlos Upegui, dado que las normas colombianas prohiben para quienes quieran aspirar al Concejo o la Alcaldía tener familiares que hayan ejercido autoridad “civil, política, administrativa o militar” un año antes de la elección.

Si bien el hecho de ser docente o pertenecer al sector público no acarrearía una inhabilidad por sí misma, como el padre de Upegui tuvo que ejercer autoridad administrativa y manejar recursos públicos en su trabajo, allí radicaría la inhabilidad.

Tras conocerse el sentido del fallo de este viernes, el concejal Upegui informó que acudirá a una segunda instancia y presentaría una apelación ante del Consejo de Estado.

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