Sorprendido y decepcionado con el fallo de la Procuraduría que declaró culpable al exalcalde Daniel Quintero de haber participado en política mientras ocupó su cargo en Medellín, pero que a la vez le impone una sanción de solo seis meses de inhabilidad para ejercer cargos públicos y una multa de 104 millones de pesos, se declaró el diputado Luis Peláez, quien fue el demandante.
La audiencia en la que se leyó el fallo comenzó a las nueve de la mañana y culminó hacia el mediodía de este miércoles de manera presencial en la sede de la Procuraduría General de la Nación, en el centro de Bogotá. También fue transmitida por internet.
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Con ella se culminó un proceso que duró varios meses, a partir de la denuncia que interpuso el diputado Peláez con base en varias publicaciones que hizo el mismo Quintero en su cuenta de Twitter (hoy X).
En una de ellas hay un video puesto el 9 de mayo de 2022 en el que el exalcalde aparecía subido en un carro y pronunciaba la frase “el cambio, en primera”, una expresión que era usada por el movimiento que llevó a Gustavo Petro a la Presidencia. También, entre las pruebas, figuraron otras dos publicaciones en las que mostraba cómo el entonces alcalde de la capital antioqueña había votado por la consulta presidencial del Pacto Histórico y otra en la que instó a un reconteo de votos para esa colectividad en medio de la controversia que hubo en ese procedimiento.
A juicio de la Procuraduría, el exalcalde se habría aprovechado de su investidura para participar en la contienda electoral por el Congreso y la Presidencia de la República durante ese año, a través de los trinos mencionados, en una conducta que calificó como una falta grave y con dolo.
No obstante, no era la decisión que esperaba Peláez, quien afirmó después de conocer la sentencia en primera instancia que “esperaba muchísimo más”.
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“En el comunicado se lee muy bien que la Sala Disciplinarios cambia de modalidad, empezó hablando de una falta gravísima a título de dolo en modalidad agravada y luego la Sala de Instrucción termina poniendo solo falta grave en modalidad dolosa, es decir que pasamos de una sanción de hasta 15 años a una donde se van con la tipificación en la que pueden ser de 6 a 18 meses y se van con la pena mínima”, explicó el diputado, quien anunció que hará uso de los recursos legales que aún le quedan.
En este caso no aplica propiamente la apelación ante la misma agencia del Ministerio Público, lo cual puede hacer solo la persona sobre la cual recae la sanción impuesta, pero sí es posible que la otra parte, si no se considera satisfecha, haga un escrito para que se reconsidere la penalidad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en la que se dicta el fallo. El otro recurso es una petición al Consejo de Estado para que haga una revisión extraordinaria del caso.
“Vamos a hacer todo lo posible para que si haya justifica verdadera y no solo lo que acaba de anunciar la Procuraduría”, anunció Peláez.
Por su parte, la veeduría Todos por Medellín, que también se hizo parte en este proceso, tomó el tema con un toque de optimismo toda vez que resaltó “la importancia del control social y la del ejercicio de los derechos de ciudadanía” que hay detrás del fallo y rescató que el Ministerio Público haya considerado los argumentos que dio esa entidad.
“En calidad de quejosos respetamos las decisiones de los organismos de control y acogemos la decisión proferida en derecho, con el convencimiento de que este resultado alienta el correcto ejercicio de quienes ocupan cargos públicos, cuyos deberes están exclusivamente relacionados con la satisfacción del interés general”, apuntó la veeduría.