En defensa de los derechos fundamentales de 578 mujeres privadas de la libertad en la cárcel El Pedregal, de Medellín, La Corte Constitucional ha emitido una decisión en respuesta a una tutela interpuesta por las reclusas, donde concluyó que sus derechos a la vida, integridad personal, salud y alimentación estaban siendo vulnerados debido a las condiciones deficientes en la calidad, cantidad e higiene de los alimentos suministrados.
La Sala Quinta de Revisión de la Corte conoció el caso y determinó que entidades como el Ministerio de Justicia, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y la Dirección del Complejo Carcelario y Penitenciario de Alta y Media Seguridad de Medellín El Pedregal (Coped) habían fallado en garantizar los derechos fundamentales de las reclusas.
“La privación de la libertad como consecuencia de una sanción penal o medida preventiva no debe anular la capacidad de las personas de ser titulares de derechos fundamentales y de Derechos Humanos como garantías universales,” subrayó la Corte en su fallo.
El tribunal encontró que el establecimiento de reclusión contaba con tres ranchos para la preparación de alimentos, pero solo uno de ellos estaba en funcionamiento, y aun así, con graves deficiencias.
El rancho del pabellón de Media Seguridad fue clausurado por la Secretaría de Salud de Medellín hace más de un año sin que la USPEC adoptara medidas para su rehabilitación. El rancho del pabellón de Alta Seguridad, encargado de abastecer a la totalidad de las internas, presentaba serios problemas de infraestructura, ventilación y condiciones sanitarias, incluida la presencia de insectos.
Además, la Corte identificó irregularidades en los contratos de suministro de alimentos gestionados por la USPEC, que no han solucionado los problemas de calidad, cantidad y entrega a deshoras.
En consecuencia, la Sala ordenó a la USPEC y al INPEC, bajo la supervisión del Ministerio de Justicia, diseñar y ejecutar en un plazo de 6 meses un plan para mejorar y adecuar la infraestructura de los ranchos. Este plan debe abordar los problemas identificados y asegurar el cumplimiento de las condiciones básicas de operación establecidas por la Secretaría de Salud de Medellín y los estándares de la USPEC.
Asimismo, la Corte ordenó a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios y al contratista Unión Temporal Alimentación Integral adoptar los correctivos necesarios para garantizar una adecuada prestación del servicio de alimentación, cumpliendo con los requisitos de cantidad, calidad, menú y horario de entrega.