A poco menos de cinco semanas para el cambio de gobierno y la llegada de un nuevo grupo de cabildantes que renovará el Concejo de Medellín, el exsecretario de la No Violencia y excandidato a la Alcaldía por el Partido Independientes, Juan Carlos Upegui Vanegas, podría afrontar un nuevo dolor de cabeza que pondría en duda su legitimidad para asumir la curul de la oposición que obtuvo tras quedar en segundo lugar en las pasadas elecciones .
Y es que pese a haber recibido ya los documentos que lo acreditan como concejal, la ficha del exalcalde Daniel Quintero podría cargar a cuestas una inhabilidad similar a la que enredó este año a la exconcejala liberal Aura Marleny Arcila, que por tener un familiar trabajando en una entidad pública terminó siendo expulsada de esa corporación.
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En el caso de Upegui, el lío viene por cuenta de una designación que benefició a su padre, Carlos Alberto Upegui Mejía, que luego de trasladarse del municipio de Envigado al sistema educativo público de Medellín terminó quedando a cargo de un colegio en plena época electoral.
Aunque para Upegui aún no hay un proceso en su contra, expertos en derecho administrativo advierten que el caso guarda tantas similitudes con el de Arcila que no sería apresurado anticipar que el mismo pueda terminar costándole su escaño.
Una designación cuestionada
Aunque hasta hace pocos años el padre de Upegui Vanegas se desempeñaba como coordinador de convivencia de la Institución Educativa José Manuel Restrepo Vélez, de Envigado, durante los primeros años de la administración Quintero el docente aterrizó en el conglomerado público de Medellín, siendo nombrado como director técnico de MOVA (Centro de Innovación del Maestro), según lo informó esa misma entidad en marzo de 2020.
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Luego de su paso por esa dependencia, el profesor regresó a los colegios, siendo reubicado en la Institución Educativa Héctor Abad. Estando en este último plantel, precisamente apareció el acto que hoy podría enredar a su hijo, ya que como consta en las resoluciones de la Secretaría de Educación, poco tiempo después de llegar al Héctor Abad, Upegui Mejía fue designado por el jefe de esa cartera como rector encargado de la Institución Educativa San Lorenzo de Aburrá.
Dicha designación quedó en firme a través de la resolución 202350049804 del 21 de junio de 2023, que permitió que durante los primeros días del mes siguiente el profesor comenzara a ejercer dicho encargo de manera oficial.
El problema para el futuro concejal es que la designación de su padre se habría conjurado a escasos 22 días de inscribir formalmente su candidatura por el Partido Independientes, el 27 de julio.
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Según advierten juristas consultados, los tiempos de la designación son claves, ya que a la luz de las normas que regulan justamente las inhabilidades para inscribir una candidatura al cargo de alcalde y concejal una de las más relevantes restringe esa participación para quienes tienen familiares que hayan ejercido “autoridad civil, política, administrativa o militar” un año antes de la elección.
Mientras para el caso de alcalde dicha inhabilidad aparece mencionada en el artículo 37 de la Ley 617 de 2000 (que a su vez modificó la Ley 136 de 1994), para el caso de los concejales está descrita en el artículo 40 de esa primera ley.
A la luz de esa interpretación, si bien el hecho de ser docente o pertenecer al sector público no acarrearía una inhabilidad por sí solo, el ejercer como rector de una institución, un cargo que implica ejercer autoridad administrativa y hasta manejar recursos públicos, si abriría la puerta para revisar una presunta inhabilidad para Upegui.
Un abogado experto en derecho administrativo consultado, que prefirió mantener la reserva de su identidad para la publicación de este artículo, planteó que con base en el manual de funciones que regula el cargo de directivo docente, Upegui Mejía ostentaría una autoridad civil y administrativa en el plena época electoral, lo que podría derivar en una causal de inhabilidad.
Según advirtió el jurista, si bien el Consejo Nacional Electoral ya no podría revocar la candidatura de Upegui, dado que las elecciones ya se celebraron, el caso podría ser revisado por la jurisdicción contencioso administrativo en caso de que surja una acción de nulidad.