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¿Quién reemplazará a Juan Carlos Upegui en el Concejo de Medellín?

En su fallo, el Consejo de Estado se refirió a qué debería pasar con la silla vacía del ahora exconcejal.

  • Juan Carlos Upegui, exconcejal de Medellín. FOTO: Cortesía Concejo
    Juan Carlos Upegui, exconcejal de Medellín. FOTO: Cortesía Concejo
04 de octubre de 2024
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La nulidad sobre la elección de Juan Carlos Upegui y la posterior renuncia a su curul abrió el interrogante sobre cuál será la persona que llegará a ocupar su asiento en el Concejo de Medellín.

Al ser una curul otorgada por el estatuto de la oposición, la incógnita es si ese asiento debería ser entregado a quien le seguía en votación en las elecciones a alcalde o a la persona que de acuerdo con la cifra repartidora quedó en la lista de espera para entrar a la corporación.

En contexto: Consejo de Estado confirma nulidad electoral de Juan Carlos Upegui como concejal de Medellín

En febrero pasado esa disyuntiva comenzó a debatirse con más fuerza, sobre todo luego de que el excandidato a la alcaldía de Medellín, Albert Corredor, se sumara a la lluvia de demandas que cayeron sobre Upegui cuando comenzó a ventilarse su inhabilidad.

Corredor, quien quedó en tercer lugar en las pasadas elecciones, argumentó que en caso de que se invalidaran las actas que le formalizaron a Upegui su segundo lugar, dicha posición le debería ser reconocida a él y por tanto otorgársele la curul de la oposición.

En una demanda de nulidad interpuesta el 11 de febrero, y que luego fue reunida con las demás en el mismo caso, Corredor formalizó su petición de regresar al Concejo bajo esa justificación.

Si bien en su fallo de ayer el Consejo de Estado principalmente se ocupó de revisar la inhabilidad de Upegui, también se refirió a la demanda interpuesta por Corredor y entregó luces sobre lo que pasará con esa silla vacía.

Lea también: Andrea Vahos, novia de Juan Carlos Upegui, investigada por la Procuraduría por contratos firmados con la Alcaldía Quintero

En las páginas finales del fallo, el Consejo se refirió a escenarios pasados en los que dichas curules otorgadas por el Estatuto de la Oposición no han sido aceptadas, señalando que los derechos otorgados por esa norma son personales y nunca han sido trasladados a quien quede en tercer lugar en votaciones.

“En consecuencia, en los eventos de concejos y asambleas la vacante en cuestión debe ser ocupada por quien, de acuerdo al sistema electoral vigente tenía derecho a aquella, según los resultados de las elecciones a la referida corporación pública”, plasmó el Consejo en su decisión, señalando que es entonces la cifra repartidora la que deberá ser empleada como criterio para escoger el reemplazo de Upegui.

“Así las cosas, no asiste razón al recurrente en su pretensión de que vía sentencia de nulidad electoral se ordene su llamamiento a ocupar la curul que queda vacante con ocasión de la declaratoria de nulidad de la designación del señor Upegui Vanegas como concejal de Medellín 2024-2027”, añadió el Consejo.

Bajo esa óptica, a la corporación llegaría la candidata al Concejo por el Movimiento Creemos, Camila Gaviria, quien quedó en la lista de espera en la cifra repartidora.

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