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Corte tumbó creación de Instituto de Donación y Trasplante de Órganos; ¿por qué?

El alto tribunal determinó que la creación de esa entidad dentro del Plan Nacional de Desarrollo debió hacerse como una ley independiente por el Congreso.

  • La creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos fue incluida en un artículo del PND. FOTO ARCHIVO
    La creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos fue incluida en un artículo del PND. FOTO ARCHIVO
28 de noviembre de 2024
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La Corte Constitucional tumbó el artículo 162 de la Ley 2294 de 2023, que creaba el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT) como parte del Plan Nacional de Desarrollo (PND) del Gobierno Nacional.

Le puede interesar: Gobierno creará el Instituto Nacional de Donación y Transplante de Órganos y Tejidos.

El alto tribunal consideró que el Congreso no respetó las reglas del proceso legislativo al incluir este tema en el PND sin demostrar su relación directa con las metas del plan. El propósito de crear esa entidad tenía el fin de regular las actividades de la donación y trasplantes de órganos, que actualmente maneja el Instituto Nacional de Salud (INS).

En su sentencia, la Corte explicó que la inclusión de este artículo en el PND no cumplía con los principios de consecutividad e identidad flexible, esenciales para garantizar la coherencia en el trámite legislativo, pues incluyó la creación de ese instituto “mediante una proposición para los debates de las plenarias de Senado y Cámara, sin que se haya comprobado su conexión con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones correspondientes”, como lo señaló en un comunicado.

Además, se argumentó que la creación del INDTOT representaba una transformación institucional que debía haber sido abordada dentro del marco de competencia del Congreso para dictar leyes. Esto quiere decir que, a juicio del alto tribunal, para crear esa institución se debió haber hecho mediante un proyecto de ley independiente y no como parte del PND.

El fallo también subrayó que la creación de una nueva entidad con autonomía administrativa y presupuestal no es un tema de carácter instrumental que contribuya directamente a las estrategias generales del Plan, sino que constituye una modificación estructural que debía ser decidida de acuerdo con los procedimientos ordinarios del Congreso.

En ese sentido, la creación del INDTOT no estaba ligado a conseguir las metas y los programas del PND, “sino que conduce a una transformación institucional”.

Esta sentencia, sin embargo, tuvo una aclaración de voto por parte del magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, togado que insistió en la necesidad de que la Corte Constitucional sea más rigurosa en la evaluación de la conformidad con las normas constitucionales y orgánicas que rigen la formulación y aprobación del PND, considerando este documento como el principal instrumento de política pública del Gobierno.

Vale recordar que el Gobierno alcanzó a firmar, en febrero de este año, un decreto para crear ese instituto, que fue firmado por los ministros de Hacienda, Ricardo Bonilla, y de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, así como por el director del Departamento Administrativo de la Función Pública, César Augusto Manrique.

El objetivo de esa entidad era la de coordinar y operar el Sistema Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos de Colombia, mejorar los estándares internacionales en materia de trasplantes, así como la cooperación, eficiencia, equidad y solidaridad en el ámbito de la salud.

Según cifras del INS, a corte de diciembre de 2023, 4.002 personas estaban en lista de espera de un donante. De estas, 3.696 esperaban un riñón, 176 un hígado y 60 un pulmón. Entre 2004 y 2023, 21.086 personas han sido trasplantados en Colombia.

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