La Corte Constitucional reiteró que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es competente para investigar la campaña electoral del hoy presidente Gustavo Petro.
La conclusión llegó al resolver un conflicto de jurisdicciones elevado por los Juzgados 21 Administrativo y 29 Civil, ambos de Bogotá, que recibieron una acción popular de la ONG Militares, Policías, Familias, Amigos, Honor, Juntos por Colombia (Mipofaamcol).
Mipofaamcol elevó un recurso jurídico para investigar presuntas irregularidades en la campaña que llevó a Petro a ganar las elecciones de 2022 con más de 11 millones de votos. Lo anterior, con miras a determinar una supuesta violación de los topes de financiación.
El Juzgado 21 Administrativo aseguró que podía responder a la acción popular porque la campaña presidencial habría incurrido en un hecho generador de una presunta vulneración de derechos, mientras que el 29 civil resaltó la competencia del Consejo Electoral.
Como el proceso se trabó a través del conflicto de jurisdicciones, la Corte Constitucional tuvo que intervenir. Su determinación fue que el CNE tiene competencia “preferente” para investigar las alegadas irregularidades en la campaña.
El pronunciamiento se suma a un auto del Consejo de Estado que el 20 de mayo decidió que el CNE puede investigar los dineros que entraron en la campaña presidencial, pero no puede imponer sanciones que aparten del cargo al jefe de Estado.
Ello implica que si el CNE encuentra irregularidades en los reportes de la campaña de Petro y del Pacto Histórico, como lo señala una ponencia de Álvaro Hernán Prada y Benjamín Ortiz, los hallazgos deben enviarse a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
El Congreso será el encargado de emitir algún tipo de sanción política contra el presidente, de acuerdo con el auto firmado por el magistrado Omar Barreto en respuesta a una demanda del sargento retirado del Ejército José Ángel Espinosa.