La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó por improcedentes los recursos de impugnación que presentaron los abogados de la exdirectora del DAS, María del Pilar Hurtado, y del exsecretario de Presidencia, Bernardo Moreno, a fin de revocar las condenas impuestas en contra de esos funcionarios, por su responsabilidad en las chuzadas del DAS.
La Sala Penal rechazó los recursos que los defensores de Hurtado y Moreno presentaron luego de que entrara en vigencia un fallo de la Corte Constitucional que ordenaba que toda sentencia condenatoria debía tener derecho a ser impugnada si es impartida por primera vez.
Durante una audiencia este martes, el magistrado Fernando Castro explicó el fallo de la Constitucional y señaló que éste no tiene efectos retroactivos sino que aplica a sentencias impartidas por la Corte Suprema desde el 25 de abril de 2016 en adelante.
“La situación jurídica de estos funcionarios se consolidó con base en las normas y el procedimiento legal para ese momento, esto antes de la fecha fijada de la Corte Constitucional para expulsar del orden jurídico las normas que impiden el recurso de impugnación”, aseguró.
En tal sentido, quedaron ratificadas las condenas de 8 años a Moreno y 14 a Hurtado que la Corte Suprema les dictó por las interceptaciones ilegales y seguimientos que el DAS a magistrados, opositores y periodistas.
En la audiencia, el magistrado igualmente negó la petición de la defensa de María del Pilar Hurtado contenida en el recurso para que la exfuncionara quedara en libertad.
Con esta determinación, se espera que en próximos días la Corte rechace los recursos de impugnación que presentaron otros exfuncionarios de la administración de Álvaro Uribe como Sabas Pretelt de la Vega, Diego Palacio y Andrés Felipe