La Sección Quinta del Consejo de Estado negó la solicitud de nulidad electoral del representante a la Cámara por Antioquia, Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, quien fue elegido para el periodo 2014-2018.
Había sido demandado por presunta violación al régimen de inhabilidades debido a que fue elegido concejal de Medellín en el periodo 2012-2015.
De acuerdo con la demanda presentada por Yina Milena Pinzón Montera el político antioqueño renunció el 29 de noviembre de 2013 y fue elegido en marzo del 2014, cuando debió haber presentado la renuncia seis meses antes de su elección.
“La incompatibilidad del concejal Echeverri Alvarán continuará vigente hasta el 29 de mayo de 2014, pues su renuncia fue aceptada a partir del 29 de noviembre de 2013. En consecuencia, no podía haber sido elegido como representante a la Cámara por ser sus periodos coincidentes, de conformidad con el artículo 179, numeral 8 de la Constitución Política, sin incurrir en la causal de nulidad de su elección”, argumentaba la demanda.