La Procuraduría General de la Nación anunció en la mañana de este domingo que profirió pliego de cargos en contra de tres exfuncionarios de la Universidad Distrital de Bogotá, entre los que se encuentra el exrector Ricardo García Duarte (2017 y 2021), porque presuntamente incurrieron en omisión para tramitar unas quejas de acoso sexual que presentaron contra un docente de esa institución.
De acuerdo con el Ministerio Público, al parecer, estas personas no tomaron las medidas que se requerían para atender y tramitar las denuncias que presentaron estudiantes de la universidad, por lo cual “se pudo incurrir en violencia institucional”.
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La procuradora Margarita Cabello afirmó que quisieron ser contundentes con la medida ante la presunta omisión y que por eso extendieron la formulación de cargos a los otros dos exfuncionarios que habrían incurrido en la misma, a Cecilia Rincón Verdugo, exdecana de la facultad de Ciencias y Educación de la institución (2017 – 2020) y Tito Ernesto Gutiérrez Daza, exdirector de Bienestar Institucional (2019 – 2021).
“Al parecer, los entonces funcionarios, no brindaron la atención y el trámite requerido a las quejas instauradas por estudiantes contra uno de los docentes, a quien señalaban de incurrir en actos de acoso sexual y tratos discriminatorios contra alumnas de la institución, las que fueron firmadas con nombres propios, identificación y códigos de quienes los radicaron”, se lee en un comunicado entregado por la Procuraduría sobre este caso.
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Asimismo, en el pliego de cargo formulado, el órgano de control estableció que cuando se presentan quejas o denuncias relacionadas con violencia, discriminación o acoso por razón de género, se debe actuar de forma obligatoria con la debida diligencia que amerita el caso, así como con respeto y protección hacia las víctimas con el fin de evitar que se presente revictimización.
Cabello recordó que al docente de matemáticas que presuntamente incurrió en el acoso a las estudiantes, Carlos Antonio Julio Arrieta, lo sancionaron hace unos meses con destitución e inhabilidad por 17 años. Fue enfática en decir que no solo se castiga al presunto acosador, sino también a quienes no habrían hecho lo pertinente frente a las quejas recibidas.
“No adoptar las medidas protección frente a las violencias basadas en el género y no actuar bajo los postulados de la debida diligencia, constituye otra forma de violencia contra las mujeres que se ha denominado violencia institucional”, indicaron desde el Ministerio Público.
Así las cosas, en la formulación de pliego de cargos la Procuraduría determinó que con sus presuntas conductas el exrector, la exdecana y el exdirector habrían vulnerado los principios de igualdad, celeridad, eficacia y eficiencia de la función pública, en especial porque se encontraban ante una queja de gravedad.
Para el órgano de control, esto se traduciría en que el exrector y el exdirector habrían incurrido en una falta catalogada como una falta grave a título de culpa gravísima, mientras que la exdecana habría incurrido en una falta gravísima cometida a título de culpa gravísima.