Luego de cumplir la sanción interpuesta por la Dian, el piqueteadero de Doña Segunda reabrió sus puertas al público. Sin embargo, se conocieron nuevos detalles que habrían detonado el cierre que tuvo el famoso restaurante bogotano.
Este lunes, 24 de junio, a las 8 de la mañana, funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) quitó el sellamiento del piqueteadero de Doña Segunda, por lo que este restaurante pudo recibir público nuevamente luego del polémico cierre por, al parecer, no cumplir con la obligación de emitir factura electrónica.
Ante esta polémica, el subdirector de Factura Electrónica de la Dian, Luis Hernando Valero, explicó en medios nacionales el motivo por el cual se había tomado la controversial decisión con el famoso restaurante del barrio 12 de Octubre, en Bogotá.
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De acuerdo a las explicaciones de Valero, cuando se incumple con la facturación electrónica, la norma establece que el establecimiento puede acogerse al pago de una multa que corresponde al monto del 5% al 15% de los ingresos brutos operacionales del mes anterior a la visita que originó el proceso.
Aunque Valero no se refirió al caso puntual de Doña Segunda, sí explicó cuál es el proceso a seguir con los establecimientos de comercio que no cumplen con la facturación electrónica.
Según el funcionario de la Dian, el año anterior se hicieron más de 50 mil visitas de facturación, de las cuales 3.300 llevaron a cierres.
Valero explicó que, de acuerdo a la ley, la Dian tiene un debido proceso para este tipo de casos que implica varias fases antes de llegar a medidas como el cierre del establecimiento.
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Cuando la Dian evidencia una irregularidad, se hace un pliego de cargos en donde se le expone al comerciante los motivos por los cuales la entidad fiscal le hace seguimiento.
Luego de esto, el establecimiento tiene 10 días hábiles para responder a la Dian justificando por qué no ha implementado, en este caso, la facturación electrónica. Después de esto, la entidad revisa dichas justificaciones en un proceso que puede durar máximo 6 meses.
En caso de confirmarse los cargos del pliego inicial es cuando se procede con la sanción del cierre por tres días, pero se puede hacer el pago de la multa para evitar el sellamiento, algo que hacen varios comerciantes, según las explicaciones de Valero.
“La Dian ratifica que estos cierres son el resultado de un proceso que agota cada una de las instancias en los tiempos establecidos por la norma, los cuales están sujetos a un riguroso sustento jurídico y probatorio” fue lo que explicó la entidad en una comunicación general sobre este tipo de casos.
Para evitar nuevas sanciones, el piqueteadero de Doña Segunda debe adaptar la expedición de la factura electrónica o interponer una reposición para que sea reconsiderada, la Dian analiza el recurso y en caso de seguir el incumplimiento, habría un nuevo cierre en 10 días hábiles.
Para que se cumpla a cabalidad con la medida, el establecimiento debe expedir la factura electrónica con datos como nombre o razón social, número de cédula o NIT, y correo electrónico. Desde la entidad se resaltó a través de un comunicado que realizan un proceso de orientación y sensibilización sobre este método de facturación.