Seis objeciones a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) presentó el presidente Iván Duque en una alocución presidencial televisada anoche.
“Tras un análisis, quiero anunciarles a los colombianos la decisión que tomé y explicar de cara al país mis argumentos. He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la JEP por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente”, señaló el Mandatario (ver objeciones)
Esta es la primera vez en la historia del país que un presidente se niega a firmar una ley estatutaria que ya fue aprobada por el Congreso y la Corte Constitucional.
Al respecto, el exministro del Interior, Juan Fernando Cristo, lamentó la decisión del presidente, y lo calificó como un “desafío a la Corte”, ya que el mandatario está pasando por encima de la decisión tomada por el alto tribunal.
Además, esta situación, según Cristo, tensa mucho más el ambiente frente a una jurisdicción avalada en la Constitución y por la comunidad internacional, que ha entendido que este mecanismo transicional es el remedio a cinco décadas de confrontación armada, aportando verdad para las víctimas y justicia.
Puede leer: Los 6 artículos que Duque objetó a la reglamentación de la JEP
Sin embargo, el jefe de Estado aseguró que no se trata de un choque de trenes: “la Corte Constitucional, Corte por la que tengo el mayor respeto, es la guardiana de la Carta Política y sobre los temas de constitucionalidad tiene la última palabra”. Más bien habló del sistema democrático basado en la división de los poderes públicos y el principio de pesos y contrapesos.
“La honorable Corte Constitucional cumplió con su mandato: se pronunció con respecto a la exequibilidad de la ley. El fuero que me corresponde como presidente es el de la conveniencia para la sociedad y en esa línea presentamos estas seis objeciones”, manifestó.
La presidenta de la JEP, magistrada Patricia Linares, expresó en una declaración que “tenemos la tranquilidad que brinda la afianzada tradición democrática que ha caracterizado a nuestro país, de pleno respeto por la autonomía de los poderes públicos, la cual garantizará el funcionamiento de la JEP en el marco del proceso que se sigue”.
Le puede interesar: JEP continuará funcionando pese a objeciones de Duque: Linares
En ese mismo sentido, Álvaro Jiménez, experto en conflicto armado, explicó que esta es una decisión que no solo le hace daño a quienes comparecen ante la JEP, sino al país entero, porque volver a esa discusión aumenta la desconfianza que se ha tomado al país en los últimos años.
“Antes había una mitad del país que no confiaba en el Gobierno, hoy es la otra mitad, muestra de que el presidente no ha logrado la unidad nacional que prometió en campaña”, señaló Jiménez.
¿Qué pasa con la JEP?
Con esta objeción, la JEP no deja de existir ni colapsa porque hace parte de la Constitución y, entonces, debe cumplir su mandato y juzgar a los responsables de crímenes atroces cometidos durante el conflicto armado interno, explicaron investigadores de Dejusticia. Lo que es cierto es que su funcionamiento será más complejo e incierto.
La magistrada Linares dio un mensaje de tranquilidad a las víctimas, los comparecientes, la sociedad y la comunidad internacional: “la JEP seguirá funcionando plenamente, ejerciendo a cabalidad todas y cada una de sus competencias y funciones”.
La JEP continuará la revisión de casos de crímenes cometidos por guerrilleros, militares, policías y particulares (si estos últimos deciden presentarse al tribunal de manera voluntaria), pero al no contar con un marco normativo aprobado, los magistrados van a tener más dudas sobre cómo decidir los casos y van a tener más obstáculos para definir cómo sancionar a los culpables y cómo reparar a las víctimas, dijeron desde Dejusticia.
Le puede interesar: Paso a paso: ¿qué sigue con la JEP?
¿Qué sigue?
Fernando Estrada, quien fue asesor de una de las comisiones constitucionales del Congreso, aseguró que las objeciones del presidente Duque deben llegar a las plenarias de Senado y Cámara, que nombraría dos comisiones accidentales o especiales. Lo ideal es que en estas comisiones estén los congresistas que fueron ponentes del proyecto en su momento.
Cada comisión deberá entregar un informe a la plenaria recomendando a la misma si acoge o no las objeciones, y cada plenaria tendrá que votar de forma autónoma. Para que las objeciones sean rechazadas, se requiere mayoría absoluta en cada cámara. Si esta mayoría no se obtiene, las objeciones son aprobadas.
Estrada explica que de ser acogidas las objeciones, es decir, si se aceptan los reclamos de Duque, los cambios se discutirán en cada plenaria, más no irán nuevamente a discusión en comisiones. Una vez aprobado el proyecto de Ley, se enviará al presidente para su firma.
Es posible también que una cámara apruebe las objeciones y otra las niegue. En ese caso, dice la Ley Quinta, que es el reglamento del Congreso: “Cuando una Cámara hubiere declarado infundadas las objeciones presentadas por el Gobierno a un proyecto de ley, y la otra las encontrare fundadas, se archivará el proyecto”.
Pero, de acuerdo con Dejusticia, como la objeción es parcial, los artículos que se hunden serían solo los objetados.
Si la ley estatutaria llega de nuevo a manos del primer mandatario este tendría una última opción: negarse a firmar la Ley, caso en el cual la norma tendría que ser sancionada por el presidente del Congreso, que actualmente es el miembro del Centro Democrático Ernesto Macías.
Un largo trámite
La discusión de las objeciones se debe dar en sesiones ordinarias, es decir, tendrá que esperar hasta después del 16 de marzo, cuando cada mesa directiva designe la comisión accidental que las estudie y dé su recomendación.
Eso significa que la discusión de las objeciones solo se dará después de abril, y coincidirá con el trámite del plan de desarrollo, que es de mayor urgencia, pues el Congreso solo tiene un plazo de tres meses para aprobarlo.
Se espera además que las objeciones tengan una amplia discusión, por lo que no sería extraño que el debate se sostenga más allá de junio cuando terminan las sesiones ordinarias. Durante todo este tiempo la Ley Estatutaria no tendría efectos, pues solo entrará en vigencia después de que sea sancionada por el presidente.
Todo esto se demorará mucho, si además se tiene en cuenta que los nuevos artículos tienen que volver a la Corte Constitucional a revisión, lo que le preocupa al expresidente de ese tribunal José Gregorio Hernández.
Ante ese escenario, las Farc ya tiene listo un plan B con el que espera proteger tanto la ley estatutaria de la JEP como las demás que implementan los acuerdos. La senadora Victoria Sandino afirmó que buscarán que se cumpla lo ordenado por el decreto que le dio vida a la Comisión de Seguimiento Impulso y Verificación a la Implementación (CSIVI) en 2016: de haber diferencias insalvables o desacuerdos que no puedan ser resueltos entre las partes, se puede convocar la intervención de los países garantes y los notables que han acompañado el proceso.