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Corte Constitucional declaró inexequible la ley que creó el Ministerio de Igualdad

El alto tribunal le dio un plazo de dos legislaturas al Gobierno y al Congreso para que corrijan los vacíos relacionados con el análisis del impacto fiscal del ministerio.

  • Francia Márquez, vicepresidenta y líder del Ministerio de Igualdad. FOTO: COLPRENSA.
    Francia Márquez, vicepresidenta y líder del Ministerio de Igualdad. FOTO: COLPRENSA.
08 de mayo de 2024
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La Corte Constitucional declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, con la cual fue creado el Ministerio de Igualdad y Equidad, por considerar que hubo vicios de trámite en su estructuración, ya que no se realizó un correcto análisis de su impacto fiscal.

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A pesar de esta decisión del alto tribunal, el ministerio que dirige la vicepresidenta Francia Márquez no desaparecerá de forma inmediata. ¿Cuál es la razón?

Aunque de momento no se conoce el fallo completo, la Corte les dio un plazo al Gobierno Nacional y al Congreso para que corrijan esos vicios de trámite. Tendrán que hacerlo en las siguientes dos legislaturas, antes de que termine el año 2026, pues a partir de entonces la citada ley perderá sus efectos.

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Según la información preliminar conocida por este diario, el Congreso, durante los debates del articulado de dicha norma, no llevó a cabo un análisis de impacto fiscal de la creación del ministerio, conforme a las leyes vigentes sobre el presupuesto.

“Esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez. Por esta razón, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023”, expresó la Corte en un boletín informativo.

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Sin embargo, los magistrados decidieron diferir los efectos de esta sentencia, pues la eliminación inmediata del Ministerio de la Igualdad “causaría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el Ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad”, concluyó Corte, en aras de proteger el principio de igualdad contemplado en la Constitución.

Frente a este fallo, la Casa de Nariño tiene dos caminos: presentar un nuevo proyecto de ley, que subsane los vicios de trámite durante su discusión en el Congreso; o reasignarle todas sus funciones y recursos a otras entidades del Estado. Para eso es el plazo otorgado por los magistrados.

Al conocerse esta decisión, la senadora del partido Centro Democrático, Paloma Valencia, autora de la demanda contra la ley del MinIgualdad, celebró en sus redes sociales.

“Ganamos la demanda, un ministerio que era pura burocracia, con un billón 300.000 millones de pesos, de los cuales $900.000 millones eran para repartir en puestos. Y con una vergüenza, solo llevan 1,6% de ejecución de ese presupuesto”, dijo.

Y recalcó que “este Gobierno nunca mostró un estudio de impacto fiscal de este proyecto”.

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