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“Tenemos plena disposición a cooperar”: MinJusticia confirma que Ecuador repatriará a presos colombianos en ese país

El ministro de Justicia, Néstor Osuna, confirmó que sí es cierto que el gobierno ecuatoriano pidió repatriar 1.500 presos, pero aún no se han establecido las condiciones.

  • Ministro de Justicia, Nestor Osuna, informó al país que Ecuador si ha solicitado la repatriación de presos colombianos en Ecuador, pero que aún no se concretan detalles. Foto: Colpresa.
    Ministro de Justicia, Nestor Osuna, informó al país que Ecuador si ha solicitado la repatriación de presos colombianos en Ecuador, pero que aún no se concretan detalles. Foto: Colpresa.
09 de enero de 2024
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Este martes en horas de la tarde, después de que estallara la crisis por la que atraviesa Ecuador, luego de que integrantes de estructuras delincuenciales se tomarán las instalaciones de una cadena de televisión y dos de los más temidos narcos del vecino país escaparan de la cárcel, el ministro de Justicia, Néstor Osuna, aprovechó para hablar de los colombianos que están pagando allí una condena.

El pronunciamiento se da luego de que el presidente Daniel Noboa comunicara la decisión de expulsar próximamente y de manera masiva a todos los presos extranjeros, con el fin de recuperar la seguridad en sus cárceles.

El jefe de Estado espera regresar a por lo menos 1.500 reclusos a sus países, de Colombia, Perú y Venezuela. “Los que tienen este momento una sentencia ejecutoriada de cinco o más (años) van a ser expulsados del país, (son) aproximadamente 1.500 personas que vinieron a este país a delinquir y no son delitos sencillos, son delitos graves”, detalló Noboa a través de una rueda de prensa.

Sobre la decisión, aseguró el ministro Osuna que se enteraron de manera oficial a través de una comunicación escrita emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador sobre la que después indagó vía telefónica con la jefa de esa cartera.

“Tenemos plena disposición a cooperar en una situación que puede tener un talante humanitario, que personas colombianas condenadas en Ecuador puedan pagar la parte de la pena que les falte en una cárcel cerca de su núcleo familiar”, indicó el ministro.

Además de explicar que dentro del derecho internacional humanitario, existe la posibilidad de realizar la repatriación de un preso, pero que habrá que revisar caso por caso, para establecer de qué manera se llevaría a cabo el proceso, conforme a las leyes en Colombia.

“Hay unas circunstancias objetivas en la ley, como que lo solicite la persona privada de la libertad, no es por iniciativa gubernamental; que haya pagado más de la mitad de la pena, que el gobierno del país donde está esté de acuerdo y que las autoridades colombianas verifiquen esas situaciones”, sostuvo Osuna.

El ministro también le dijo al país que durante 2023, recibieron 10 solicitudes de repatriación de presos a Ecuador, y que 7 de ellas fueron aprobadas. Así como ha estado en constante contacto con la ministra de Relaciones Exteriores de Ecuador, Gabriela Sommerfeld, de quien aún no recibe una solicitud formal del traslado de presos colombianos en Ecuador.

Requisitos para repatriar

Por su parte, el Ministerio informó, dado que empezó a generarse el rumor de que con la crisis carcelaria de Ecuador, llegarían al país estos 1.500 presos, esta informó que esta repatriación solo será posible, en la medida en que se cumplan los siguientes requisitos:

1. Declaración escrita del sentenciado en la que manifieste su consentimiento para ser trasladado.

2. Exposición de motivos para solicitar la repatriación.

3. Estar condenado y sentencia ejecutoriada.

4. Que las personas hayan cumplido, al menos, el cincuenta por ciento (50 %) de la pena.

5. Nombre y apellidos del peticionario.

6. Lugar y fecha de nacimiento.

7. Número del documento de identidad.

8. La última dirección en el país de nacionalidad.

9. Nombre y dirección del centro de rehabilitación (establecimiento de reclusión) de motivos para solicitar la repatriación.

10. Que el traslado sea previamente aprobado por las autoridades del país en que se encuentre el condenado, cuando se trate de ciudadanos colombianos.

Para los casos en donde la repatriación sea por motivos humanitarios

El preso que realice la solicitud deberá de comprobar lo siguiente:

1. Su estado de salud grave, progresivo e irreversible por enfermedad de la persona condenada en el extranjero.

2. Presenta una situación de discapacidad con deficiencia física o mental grave o completa, con dependencia severa o máxima total de la persona condenada.

3. Se encuentra en una edad avanzada de la persona condenada, a partir de sesenta y cinco (65) años.

4. El estado de salud grave, progresivo e irreversible por enfermedad de los padres, hijos y/o cónyuge o compañero(a) permanente de la persona condenada.

Vale señalar, que el Estado colombiano suele priorizar los casos en los que las enfermedades terminales o una condición de salud grave como por ejemplo, cáncer, sida, hemofilia, artritis, enfermedades huérfanas, entre otras.

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