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Juzgado reconoció por primera vez a un perro como miembro de una familia “multiespecie”

Simona fue el animal que dio pie para que el Tribunal Superior de Bogotá considerara a la perra como integrante de una familia humana, tras una batalla legal por la custodia de la mascota.

  •  El juzgado estableció el “concepto de familia multiespecie”. Foto: Manuel Saldarriaga Quintero
    El juzgado estableció el “concepto de familia multiespecie”. Foto: Manuel Saldarriaga Quintero
12 de octubre de 2023
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El Tribunal Superior de Bogotá aseguró que, “con la finalidad de proteger la familia multiespecie”, Simona hace parte del núcleo familiar y por ende el juzgado debe tener en cuenta tanto su bienestar como “el de los demás miembros del grupo en que vive”.

El caso empezó después de que un hombre pusiera una demanda contra su expareja tras la separación en 2021 porque no le dejaba ver a Simona, a quien consideraba su “hija perruna”.

Esperaba que un juzgado de familia pudiera regular las horas de visita como pasa con un hijo cuando ocurre una separación y también alegaba que la propia perra estaba “afectada emocionalmente” por la separación.

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Sin embargo, el juzgado de familia aseguró que no era competente en el caso por tratarse de un animal y que debía ser un juzgado civil quien se encargara.

En esta decisión, el Tribunal Superior de Bogotá trata de dilucidar este conflicto de intereses y establece el “concepto de familia multiespecie”, alegando que “los animales pueden ocupar un lugar como integrantes de familias humanas, situación susceptible de protección como realidad social”.

Los animales dejaron de ser estrictamente considerados cosas, pero no perdieron su estatus de propiedad dentro del ordenamiento jurídico. Ahora son también identificados como seres sintientes”, estimó este juzgado.

Y por ello, consideró que “la protección de la familia multiespecie debe primar”, por lo que le da al juzgado de familia la competencia para tomar una decisión sobre este caso, ya que el demandante considera a Simona como su “hija”.

“Al ser un aspecto que hace parte de la interrelación social, no hay otro juez competente para conocerlo que el de la familia”, se lee en la decisión judicial.

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