Luego de casi dos semanas de especulación acerca del tema, el Gobierno expidió finalmente el decreto que declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en La Guajira, ante los riesgos que representa para la región la llegada del fenómeno de ‘El Niño’.
Se conoció que el decreto llegó a la Corte Constitucional a las 4:52 p.m. de este martes 4 de julio, a pocos minutos de que se cumpliera el plazo que la Constitución estipula para que el Gobierno envíe este tipo de decretos a la Corte.
“El Gobierno enviará a la Corte Constitucional al día siguiente de su expedición los decretos legislativos que dicte en uso de las facultades a que se refiere este artículo, para que aquella decida sobre su constitucionalidad. Si el Gobierno no cumpliere con el deber de enviarlos, la Corte Constitucional aprehenderá de oficio y en forma inmediata su conocimiento”, dice la Constitución.
Según dijo el gobierno, el Estado de Emergencia cubrirá el área urbana y rural de La Guajira, y permitirá la expedición de decretos legislativos que contemplen medidas para contrarrestar la crisis que atraviesa la región e impedir la propagación de sus efectos, teniendo como eje central el uso prioritario del agua para consumo humano.
En este sentido, ya se anticipó la creación del Instituto de Aguas, la recuperación de cerca de mil pozos y la disposición de un tubo que conduzca el agua potable del embalse del Río Ranchería hasta el norte del departamento. También, se anunció que la Fuerza Pública dispondrá de una flota de carro tanques para acercar este recurso a las poblaciones más recónditas.
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Además, el Gobierno se comprometió a enfocar sus esfuerzos en los sectores de salud, agropecuario, medioambiental, educación, energía, transporte, inclusión, tecnologías de la información, entre otros.
No obstante, luego de la declaración surgieron dudas en el ámbito jurídico acerca de por qué no se declara la emergencia respecto de regiones que puede estar en riesgo similar o si la medida puede servir para que entren en vigencia disposiciones que deberían haber sido aprobadas por el Congreso.
Las condiciones para que sea constitucional
Aunque la Constitución ampara al presidente Gustavo Petro en el uso de sus facultades, para la abogada Martha Sáchica, quien hasta hace unos días se desempeñó como secretaria general de la Corte Constitucional, hay por lo menos tres problemas evidentes en esta declaración: en la inminencia, en el agotamiento de los medios y en la gravedad. Y es que el Estado de Emergencia debe contemplar ciertos requisitos.
“La Corte ha sido clara y contundente en señalar que la emergencia económica tiene ciertas particularidades. Se parece a la Conmoción Interior, ya que se da ante una crisis que afecte de manera grave, inminente, sobreviviente o que amenace perturbar el orden, la normalidad en materia económica, social o frente a una calamidad pública que cause un daño ecológico; le da al Presidente autohabilitación para legislar, pero, además, para legislar de manera permanente”, dice la abogada, quien también fue magistrada encargada en tres ocasiones.
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Lo que viene ahora es que el Gobierno deberá probar, entre otras cosas, que agotó todos los medios para evitar los efectos graves que produce la problemática de La Guajira, a pesar de que la Corte viene advirtiendo hace años acerca de ella. De hecho, la sentencia C-302 que ordenó en 2017 proteger los derechos al agua, la alimentación y la salud de la población wayuu. Seis años más tarde es que un Gobierno se traslada al sitio para atender la problemática, así que lo que queda claro es el abandono histórico.
No es la primera vez que se emplea tal mecanismo
Vale recordar que durante la pandemia del covid-19, el gobierno del entonces presidente Iván Duque decretó Estado de Emergencia. Así se logró dar prioridad a los requerimientos del sector salud, expandiendo la capacidad diagnóstica del país y el fortalecimiento de la red de Unidades de Cuidados Intensivos.
También se redujo el IVA a las importaciones de elementos para la prestación de servicios de salud y se hicieron giros adicionales a los beneficiarios de los programas Jóvenes en Acción, Familias en Acción y Colombia Mayor.
Otro caso reciente corresponde al mandato de Juan Manuel Santos, quien hizo uso de sus facultades para declarar el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica por razón de grave calamidad pública debido al fenómeno de La Niña. Esta duró 30 días.