Una de las primeras en cuestionar el fallo fue la exdirectora de Prosperidad Social y hoy superintendente de Industria y Comercio, Cielo Rusinque, quien sostuvo que la determinación –así como las decisiones sobre decretos de la declaratoria de emergencia en La Guajira–, dejan “una sensación de confusión y contradicción” frente a la jurisprudencia constitucional.
“En uno de los países más desiguales del mundo, la Corte Constitucional decide tumbar el Ministerio de la Igualdad por un vicio de trámite, a pesar de haber sido parte del programa de gobierno que fue elegido democráticamente por los colombianos. Este fallo y el de La Guajira dejan una sensación de confusión y contradicción con lo que alguna vez fue la jurisprudencia constitucional”, reclamó la funcionaria.
Por su parte, el exsenador Alexander López Maya, hoy director de Planeación Nacional y uno de los escuderos de la vicepresidenta, dijo no entender la determinación de la Corte. Por ello, defendió que hubo un “seguimiento irrestricto a la normatividad y reglas de la democracia”. Sin embargo, reclamó que se busca destruir “el propósito de un Gobierno elegido legítimamente con el apoyo y respaldo popular”.
“El Ministerio de la Igualdad y Equidad fue creado por este gobierno del pueblo por y para los jóvenes, las mujeres discriminadas, la población afrodescendiente, raizal y palenquera, para los campesinos y en sí, para darle derechos a un país donde el 36,6 % vive en condiciones de pobreza monetaria. Fue un Ministerio creado para nuestro pueblo colombiano que ha vivido el rigor de la guerra, la desigualdad, la miseria, la corrupción y la falta de oportunidades”, destacó.
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Según el funcionario, hay quienes “de un solo plumazo” quieren “destruir los sueños de un pueblo” y cuestionó qué camino se debe seguir: “Queda en el corazón, en el alma y en la existencia de cada colombiano y colombiana interpretar la realidad que hoy vivimos en nuestro país. Hoy se quiere de un solo plumazo destruir los sueños de un pueblo que ha sido excluido históricamente por quienes habían gobernado el país anteriormente. Colombia, esta es la realidad de nuestro país, ¿qué camino debemos seguir?”.
Aunque de momento no se conoce el fallo completo, la Corte les dio un plazo al Gobierno Nacional y al Congreso para que corrijan los vicios de trámite. Tendrán que hacerlo en las siguientes dos legislaturas, antes de que termine el año 2026, pues a partir de entonces la citada ley perderá sus efectos.
Según la información preliminar conocida por EL COLOMBIANO, el Congreso, durante los debates del articulado de dicha norma, no llevó a cabo un análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio, conforme a las leyes vigentes sobre el presupuesto.
“Esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución, según el cual el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, tales como la Ley 819 de 2003, constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez. Por esta razón, la Sala Plena declaró la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023”, expresó la Corte en un boletín informativo.
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