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Portazo a la paz total: Fiscalía pedirá órdenes de captura contra voceros de paz tras fallo de la Corte

La decisión toca especialmente a miembros de la Primera Línea liberados bajo la figura de voceros de paz. Gobierno admite que “no era la vía”.

  • El fiscal general Francisco Barbosa y el presidente Gustavo Petro. FOTO: CORTESÍA
    El fiscal general Francisco Barbosa y el presidente Gustavo Petro. FOTO: CORTESÍA
01 de diciembre de 2023
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La paz total del presidente Gustavo Petro recibió dos portazos en menos de 12 horas. Tras el fallo de la Corte Constitucional que condicionó y tumbo algunos de los apartados de esa Ley, la Fiscalía General de la Nación anunció que solicitará órdenes de captura contra algunas de las personas que fueron liberadas bajo la figura de “voceros de paz”.

En contexto: Procuraduría pide tumbar Ley de “paz total” y Gobierno la defiende: así va la audiencia pública ante la Corte

“Los fiscales, en el marco de su autonomía e independencia, en los próximos días solicitará las órdenes de captura a quienes se designaron voceros de paz y se les otorgaron esas libertades”, aseguró el fiscal general Francisco Barbosa a medios de comunicación.

La decisión fue tomada justamente tras leer el fallo de la Corte sobre una serie de demandas que pedían declarar inconstitucional la ley 2272 del 2022, más conocida como paz total.

Pese a que la pretensión de los demandantes era tumbarla completamente, el alto tribunal decidió que la mayor parte del texto estaba bajo la normatividad colombiana y declaró solo un par de artículos “inexequibles”.

Eso último significa que la Corte deja sin efecto inmediato todo aquello que consideró viciado o fuera de la Constitución Política de Colombia.

Sobre ese punto específico, el tribunal dijo que analizó la expresión contenida en la norma demandada “Se admitirá como voceros a quienes actúan como integrantes de organizaciones sociales y humanitarias a quienes el Presidente de la República considere puedan aportar al proceso de paz, a la conflictividad social, y se encuentren en privación de libertad”.

Sobre esa norma, la Corte identificó que una interpretación posible de la expresión “y se encuentren en privación de libertad, es la de que tal disposición permitiría al presidente de la República solicitar la excarcelación de estos voceros de organizaciones sociales y humanitarias”.

“Dicha interpretación se desprende de la aplicación del principio del efecto útil de la norma y ha generado como consecuencia jurídica la excarcelación de dichos voceros por fuera de las causales de régimen de libertades de la ley penal ordinaria. En consecuencia, la Corte analizó dicha interpretación a la luz del principio de separación de poderes y de los derechos de las víctimas, de acuerdo con los cargos formulados por la demanda, y concluyó que esta desconoce las reservas legal y judicial en materia penal, lo cual, a su vez, vulnera los derechos de las víctimas”.

En resumen, la Corte consideró que el jefe de Estado no tiene la facultad para decidir sobre ese tipo de excarcelaciones y que, en consecuencia, lo declararía inconstitucional.

Pero, ojo, que este punto rodea un tema clave: la liberación de algunos miembros de la Primera Línea bajo la figura de voceros de paz.

De hecho, el mismo ministro Néstor Osuna dijo este viernes que el Gobierno no solo acata todo lo que la Corte decidió, sino que “que esa no era la vía”, refiriéndose a esas excarcelaciones de jóvenes que participaron en hechos violentos durante el paro de 2021.

Por ahora, la Corte Constitucional no ha especificado cuáles son los alcances de la decisión que tomó en la noche de este jueves y si esas recapturas también cobijarían a otros grupos armados.

“Pese a que yo considero que si hay una situación injusta con el encarcelamiento tan prolongado de personas que participaron en la protesta social, reconocemos que probablemente esa no era la vía. Y ahora que hay un pronunciamiento de la Corte Constitucional, pues lo acatamos”, dijo Osuna sobre ese apartado de la paz total.

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