El Ministerio de Educación expidió la Resolución 16763 de 2024 con la que estableció los incrementos aplicables a los precios de las matrículas y pensiones de los colegios privados de preescolar, básica y media del país que se aplicarán para el año escolar 2025. En ese sentido, se fijó el tope del incremento máximo que podrán aplicar el otro año.
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Según señala la cartera de educación, la base del incremento se fijará según al Índice de Precios al Consumidor (IPC) con corte a agosto de 2024, emitido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el cual se ubicó en 6,12 %. A partir de esa cifra, cada colegio podrá acceder a puntos porcentuales adicionales, según una serie de criterios.
El primero es la clasificación por autoevaluación institucional, que están definidos por el régimen en el que se ubica la institución educativa: estar regulado por certificación de calidad, que da 0,8 puntos porcentuales de aumento; estar regulado por autoevaluación, que da 0,63 puntos porcentuales de aumento, y estar vigilado por autoevaluación, que da 0,46 puntos porcentuales de aumento.
El segundo es el índice de permanencia, que tiene tres variables que van en consonancia al comportamiento de la matrícula registrada en el Sistema de Información de Matrícula (SIMAT) de los años 2022 y 2023: la primera variable es el alto, que da 0,5 puntos porcentuales de aumento; el medio, que da 0,33 puntos porcentuales de aumento, y el bajo, que da 0,16 puntos porcentuales de aumento.
De igual manera, el ministerio señaló que las instituciones privadas podrán tener más puntos de aumento por dos conceptos: implementar estrategias de educación inclusiva de acuerdo con el Decreto 1421 de 2017, que reporten matrícula en SIMAT con estudiantes en condiciones de discapacidad, con lo cual podrán tener un 0,25 % adicional; así como soportar el pago de salario de al menos el 80 % de sus educadores según el escalafón docente (Decreto 2277 de 1979), con lo cual podrán incrementar 1,6 puntos porcentuales adicionales en los costos educativos.
Así las cosas, los incrementos en los costos educativos para los colegios privados en 2025 oscilarán entre el 6,28 %, para un colegio ubicado en Régimen Controlado y con índice de permanencia en bajo y al que no apliquen los puntos adicionales por educación inclusiva y acuerdo de nivel salarial, y el 9,27 %, para un colegio ubicado en Regulación por certificación de calidad, índice de permanencia alto, educación inclusiva y nivelación salarial con Fecode.
El Ministerio de Educación aclaró que son las entidades territoriales (distritos, municipios y departamentos) las encargadas de expedir los actos administrativos para la fijación del aumento de tarifas para 2025; así mismo, que en el marco de la autonomía institucional, los establecimientos educativos privados podrán otorgar descuentos a las familias sobre la tarifa autorizada, que deben estar en el manual de convivencia.
Por otro lado, la resolución estableció que los colegios privados no podrán incurrir en prácticas restrictivas al momento de solicitar materiales educativos, como obligar la adquisición de útiles, textos o uniformes de marcas específicas o impidiendo la concurrencia de múltiples proveedores y que las listas de útiles escolares deben ser dadas a conocer con suficiente antelación.
El documento del ministerio podrá ser consultado en este enlace, en donde también está el Índice de Permanencia para cada establecimiento educativo de carácter privado. Recuerde también que puede dar a conocer inquietudes, dudas y reclamos ante las secretarías de Educación.
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