La Corte Constitucional ordenó este martes a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá garantizar la protección y asistencia integral a dos adultos mayores en situación de vulnerabilidad y habitancia de calle.
Manuela y Francisco, de 90 y 70 años respectivamente, presentaron una tutela tras ser desalojados de su vivienda debido a una estafa, situación que los llevó a vivir temporalmente en hoteles de paga diaria y en el aeropuerto El Dorado.
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A pesar de ser beneficiarios de un apoyo económico de 260.000 pesos mensuales por parte del Distrito, los afectados alegaron que su nivel de Sisbén no corresponde a su real situación de vulnerabilidad.
Ante esta situación, la Corte falló a su favor, resaltando que los adultos mayores en condiciones de pobreza extrema son sujetos de especial protección constitucional.
La sentencia subrayó que la protección social debe asegurar la provisión de servicios de salud, seguridad alimentaria, acceso a agua potable y vivienda digna para este grupo poblacional.
La Corte ordenó a la administración distrital informar a los afectados sobre los programas y subsidios disponibles para cubrir sus necesidades básicas, además de brindarles apoyo en los trámites necesarios para su ingreso a dichos servicios.
Sin embargo, la Sala también reconoció las limitaciones de recursos en la implementación de políticas públicas, insistiendo en que el acceso a los programas debe darse bajo principios de progresividad y no discriminación.
La Corte determinó que las autoridades distritales incumplieron su deber de informar y asistir a Manuela y Francisco, vulnerando su derecho a la protección social.