La Corte Constitucional tomó su primera decisión sobre el uso de la inteligencia artificial y determinó que esta herramienta sí se puede usar, pero no puede sustituir al juez, por lo que le dio al Consejo Superior de la Judicatura un plazo de cuatro meses para crear lineamientos sobre su uso.
Este fallo se dio luego de que se estudiara una tutela interpuesta por la madre de un menor de edad contra una EPS solicitando amparo a los derechos fundamentales a la salud y a la vida en condiciones dignas, esto debido a la negativa por parte de esa entidad para garantizar un tratamiento integral sin costo.
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Dentro del caso, la EPS Salud Total alegaba que el paciente que es diagnosticado con Trastornos del Espectro Autista - TEA - no pertenecía a la población exenta para el cobro de copagos y cuotas moderadoras.
El juez de Cartagena le dio a la razón a la entidad en una primera instancia, sin embargo, en un segundo fallo, le dio la razón al menor de edad diagnosticado con autismo, por lo que Salud Total mostró el desacuerdo con la decisión alegando que el funcionario judicial cometió varias irregularidades al apoyarse en ChatGPT para tomar la decisión.
Gracias a esta discusión, la Corte estudió si hubo una vulneración al derecho fundamental al debido proceso al apoyarse en la inteligencia artificial, además si la decisión sí la emitió un juez de la República o si fue ChatGPT, además si hubo sesgos generados por esta herramienta.
Respecto a esto, la Sala Segunda de Revisión consideró que “no existió un remplazo del ejercicio de la función jurisdiccional por parte de ChatGPT”, pues esta herramienta, según el fallo, se utilizó luego de haberse fundamentado y tomado la decisión.
La Corte también aclaró que en este caso no se rompió el principio de privacidad, pues no se introdujeron datos personales del menor de edad para la consulta.
Por eso, el fallo de esta Sala respecto al uso de la inteligencia artificial es invitar a los jueces de la República a evaluar el adecuado uso de herramientas tecnológicas como ChatGPT, además de tener en cuenta los principios de transparencia, responsabilidad, privacidad y no sustitución de la racionalidad humana.
También le ordenó al Consejo Superior de la Judicatura que en el término de 4 meses “divulgue una guía, manual o lineamiento en relación con la implementación de la IA generativa en la Rama Judicial, especialmente en cuanto al uso de la herramienta ChatGPT”.
Respecto al caso del menor, la Corte le dio un plazo a la EPS de 48 horas para que “realice todas las gestiones y trámites administrativos necesarios para que las IPS encargadas de la atención del niño apliquen diligentemente y sin demoras la exoneración de cobros de copagos y cuotas moderadoras”.
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