Libertad de expresión vs derechos de los niños, niñas y adolescentes fue la discusión de fondo en el Consejo de Estado para decidir el rumbo de una tutela que pretendía “tumbar” de las plataformas digitales la canción +57 de reguetón.
Pues bien, el alto Tribunal negó las pretensiones de la demanda pero dejó claro que la canción –producida por reguetoneros colombianos– sí vulneró los derechos de los niños y niñas al hacer referencia o apología a la explotación sexual de menores.
En contexto: Consejo de Estado admitió acción de tutela para eliminar la canción +57
Los demandantes pretendían garantizar los derechos a la dignidad humana, al trato digno, los derechos de los menores y el libre desarrollo de la personalidad de los niños, niñas y adolescentes.
Es que en un verso de la canción –que después de la polémica fue modificado– los cantantes usaron la expresión “mamacita desde los fourteen (14 años). Y para los demandantes era una vulneración directa a la dignidad.
“La Sala constató que la letra fue posteriormente modificada y se reemplazó dicha expresión por “mamacita desde los eighteen (18 años)” —lo cual elimina la referencia a menores de edad—, concluyó que mientras la versión original estuvo disponible, sí se produjo una afectación a los derechos fundamentales de esta población, comprometiendo su dignidad humana”, señaló el Consejo de Estado.