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¡Se salvó! Julián Bedoya mantiene título de abogado por decisión de la Corte Constitucional

El alto tribunal anuló una decisión de la Universidad de Medellín. El liberal aún es procesado por la Corte Suprema.

  • Bedoya se libró de la cárcel en marzo, pero la Corte Suprema sigue investigándolo por varios delitos. FOTO: CORTESÍA
    Bedoya se libró de la cárcel en marzo, pero la Corte Suprema sigue investigándolo por varios delitos. FOTO: CORTESÍA
22 de agosto de 2022
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La Corte Constitucional acaba de apuntarle un triunfo al exsenador Julián Bedoya en el escándalo que enfrenta desde hace varios años por una serie de presuntos fraudes a través de los cuales habría obtenido su título como abogado de la Universidad de Medellín.

Tras la ponencia de la magistrada Paola Meneses, la Sala de revisión de tutelas falló a favor del político liberal, quien en septiembre de 2021, cuando el alto tribunal tomó la decisión de revisar la acción judicial, alegó que la Universidad le habría vulnerado sus derechos al debido proceso, tras sancionarlo disciplinariamente y revocarle su título como abogado. La decisión la tomó la institución en medio de las investigaciones que surgieron por la forma extraña en la que el exsenador obtuvo su título.

Todo el escándalo surgió después de que se conociera que el parlamentario realizara en tiempo récord las pruebas finales que requería para obtener su grado. Para poder presentarse como abogado, Bedoya tenía varios pendientes académicos, entre ellos, aprobar diez materias. Para agilizar el proceso, lo hizo como un genio, el congresista decidió no cursar estas materias, sino presentar suficiencias.

El 26 de octubre de 2018, mes en el que se matriculó, presentó tres exámenes: Procesal Civil general y especial (4,5), Filosofía del Derecho (3,9) y Seminario Procesal Administrativo (4,3). Luego, el 23 de noviembre, presentó cuatro suficiencias: Hacienda Pública (4,2), Responsabilidad Extracontractual (3,9), Legislación de Paz (4,2) y Contratación Estatal (4,0). Las pruebas que tenía pendientes, Sucesiones (4,1), Derecho de Familia (4,0) y Títulos Valores (3,8), las presentó el 22 de enero de 2019.

Adicional a esto, el 18 de noviembre realizó la prueba Saber Pro y el 23 de noviembre, día en el que presentó mas suficiencias, también presentó los preparatorios Político, Penal, Civil I y II y Laboral. Los últimos requisitos los rindió a principio de 2019: entre el 22 y el 28 de enero asistió al curso de Protocolo Empresarial y Comportamiento Social.

En cuatro meses, que incluyeron un periodo de vacaciones, el senador completó los requisitos. Todo esto, sin descuidar su trabajo en el Congreso, pues asistió a las sesiones del Congreso del 23 al 25 de octubre y del 19 al 21 de noviembre.

La velocidad de aprendizaje, propia de un genio, generó dudas a la Procuraduría. Una de las primeras es el tiempo de preparación que tuvo para presentar exámenes en los que, estadísticamente, es difícil aprobar en el primer intento. Para afirmar esto, se analizaron 715 resultados de exámenes presentados por 390 estudiantes entre enero y septiembre de 2017.

Esto motivó a la decisión que tomó la Universidad de Medellín, mediante la resolución 008 del 5 de abril de 2021, de anularle los exámenes y las convalidaciones exprés de Bedoya, requisitos sin las cuales su título, obtenido en marzo de 2019, carecía de legitimidad.

Además la institución emitió una segunda resolución en la que se sancionó a los integrantes de la universidad que participaron en este proceso.

La Corte Constitucional señaló que la Universidad no respetó el debido proceso del excongresista asegurando que la institución carecía de competencia para adelantar el proceso disciplinario en contra de Bedoya, por cinco razones. En primer lugar, porque el reglamento limita la competencia de la Universidad para ejercer su potestad disciplinaria a estudiantes y egresados no titulados. Segundo, porque las normas reglamentarias o estatutarias no habilitan a la Universidad para ejercer su competencia disciplinaria en contra de egresados titulados.

Tercero, porque “la Universidad ejerció su potestad disciplinaria cuando Bedoya había perdido dicha calidad y tenía la condición de egresado titulado. Cuarto, contrario a lo afirmado por la Universidad, el alcance de la competencia disciplinaria de las universidades respecto de sus egresados no es análogo al de la Procuraduría General de la Nación respecto de los exfuncionarios públicos. Quinto, pese a lo afirmado en el escrito de contestación de la tutela, la Corte no ha dispuesto que las universidades tienen competencia para ejercer su potestad disciplinaria en contra de egresados titulados”, señala el fallo.

La Corte Constitucional aclaró que no examinó si Bedoya en efecto incurrió en faltas disciplinarias o en delitos, si su conducta vició de nulidad la obtención de su título ni mucho menos si la Universidad expidió títulos de manera irregular; en su lugar. Solo se limitó a resolver si la universidad vulneró los derechos fundamentales de Bedoya, al ejercer la potestad disciplinaria en su contra (...) A su vez, el proceso contencioso-administrativo persigue la declaratoria de nulidad del título de abogado conferido al accionante por las presuntas irregularidades en las que él habría incurrido para su obtención”, concluye el fallo.

En tal sentido, esta decisión no afecta en absoluto la determinación de la Sala de instrucción de la Corte Suprema, que en marzo de 2022 ratificó que el político seguirá investigado por los delitos de falsedad en documento privado, falsedad en documento público y fraude procesal.

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