El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió este viernes la designación del alcalde encargado de Medellín, Juan Camilo Restrepo Gómez, concediendo así una medida cautelar solicitada dentro de una demanda de nulidad electoral.
¿Cuál fue la razón? El punto clave de la petición del demandante radica en que el decreto que designó a Restrepo viola la Ley 1617 de 2013, que establece que “en todos los casos en que corresponda al presidente designar el reemplazo del alcalde, deberá escoger a un ciudadano que pertenezca al mismo partido o movimiento político del titular”.
El alcalde suspendido, Daniel Quintero Calle, pertenece al movimiento político Independientes y por eso, en consideración de la Sala, el alcalde encargado debería ser del mismo movimiento.
“(...) Queda clara la no pertenencia del señor Restrepo Gómez al mismo partido del movimiento político del alcalde Daniel Quintero. Esto relacionado con la figura del hecho notorio, como exento de prueba en nuestro ordenamiento”, afirma el auto.
Explicó entonces que ante el hecho de que Restrepo Gómez no pertenezca al movimiento político Independientes es evidente la contradicción de la norma con el acto administrativo demandado, pues al Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín-Antioquia, le es aplicable la norma.
“Es procedente entonces la suspensión provisional del acto administrativo demandado y se encuentra más que justificada la toma de dicha medida, tratándose de una falta temporal del alcalde suspendido en sus funciones”, afirma.