Un hombre de aproximadamente 35 años, quien había recibido una boleta de permiso de 72 horas fuera de la cárcel, fue asesinado en el municipio de Itagüí, en medio de un ataque sicarial.
El sujeto pagaba una condena de 18 años en la cárcel de máxima seguridad de dicho municipio, por el delito de homicidio. Además, tenía al menos tres anotaciones por porte de arma de fuego.
Los hechos en medio de los cuales fue asesinado todavía son confusos. Hasta ahora, la única información que tienen las autoridades es que el hombre se encontraba cerca al parque Ecológico, en el barrio Ditaires, cuando fue abordado por al menos dos sujetos que se movilizaban en una moto negra y portaban impermeables rojos y buzos negros. Fue la propia comunidad la que alertó el hecho y llamó al 123 a reportar que un hombre había recibido varias heridas de arma de fuego.
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El hombre alcanzó a ser trasladado con vida a la clínica Antioquia, a 32 minutos aproximadamente de donde fue atacado. Sin embargo, no fue posible salvar su vida.
Las autoridades señalaron que buscan a los sicarios a través de las cámaras de seguridad que tiene el municipio, y también indagan los posibles móviles detrás del homicidio.
Por ahora, el Inpec no ha aclarado cuáles fueron las razones que valoraron para otorgarle el permiso al hombre que cumplía condena por homicidio.
Según explican los expertos de Asuntos Legales, los permisos de salida son en Colombia funcionan bajo el principio de excepcionalidad. Es decir, que se tramitan inicialmente cuando una acción no se puede llevar a cabo dentro del centro penitenciario. Por ejemplo para cumplir con citas médicas o tratamientos que requieran al preso o detenido en las instalaciones de un hospital o clínica.
Para los casos médicos, existe la Dirección de Custodia y Vigilancia del Inpec, que tiene como función remitir a la persona a los centros especializados.
Otro tipo de permisos, conocidos como beneficios administrativos, se otorgan a personas que cumplen un monto específico de su condena o que han mostrado buen comportamiento durante el tiempo de reclusión. En esas exenciones, cobijadas en el Código Penitenciario y Carcelario, en los artículos 146 y 147, están contemplados las boletas de permiso de 72 horas sin vigilancia, para reclusos que estén en fase de mediana seguridad y que, además, no tenga tentativa de fuga.
Para ello tendrían que haber cumplido al menos la tercera parte de su condena y no tener nuevos requerimientos judiciales. Si esa persona está cumpliendo una condena de más de 10 años (como este caso), el recluso con el permiso no puede estar sindicado en otros procesos y debe especificar el lugar exacto en el que permanecerá durante el tiempo de permiso. Habrá que esperar, entonces, qué explicaciones dan las autoridades penitenciarias sobre este caso.
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