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Juez reitera orden a la Registraduría de notificar a Petro sobre revocatoria de Quintero

El Tribunal Administrativo de Antioquia le había dado ocho días al órgano electoral para que notifique al presidente sobre este proceso, pues él es quien tiene la competencia de llamar a las urnas.

  • La decisión del Tribunal revive la revocatoria contra Quintero, un proceso que muchos ciudadanos consideran que se ha dilatado y obstaculizado. FOTO EL COLOMBIANO
    La decisión del Tribunal revive la revocatoria contra Quintero, un proceso que muchos ciudadanos consideran que se ha dilatado y obstaculizado. FOTO EL COLOMBIANO
  • Juez reitera orden a la Registraduría de notificar a Petro sobre revocatoria de Quintero
22 de noviembre de 2022
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El Tribunal Administrativo de Antioquia notificó un nuevo fallo que revive la revocatoria al alcalde Daniel Quintero, al desestimar la solicitud de la Registraduría de aclarar una sentencia anterior en la que le daba ocho días para que notificara al presidente Gustavo Petro sobre la certificación del proceso en lo que tiene que ver con firmas recolectadas y el informe de los estados contables.

Esta última etapa de una historia que lleva varios meses en la ciudad sin ser resuelta comenzó el pasado 9 de noviembre cuando este mismo Tribunal falló en segunda instancia y le dio los ocho días a la Registraduría para que notificara a Petro, con el fin de que este convoque a los ciudadanos a las urnas, lo cual debe hacerse antes del 31 de diciembre.

Entonces, el Tribunal le dijo a la Registraduría que entregara la información al mandatario nacional, independiente de las decisiones que adopte el Consejo Nacional Electoral (CNE) que, en últimas, ha sido la entidad que ha frenado la posibilidad de que los ciudadanos salgan a las urnas porque en su consideración hubo supuestas fallas en el informe contable.

Le puede interesar: Tribunal revivió la revocatoria contra Daniel Quintero y le dio orden definitiva a la Registraduría

Pues unos días después, el 15 de noviembre, la Registraduría pidió que le aclararan algunas partes del mencionado fallo. En uno de los apartes que justificaban la solicitud del órgano electoral, se lee que la Sección Quinta del Consejo de Estado (especializada en temas electorales) había emitido un pronunciamiento “diametralmente opuesto y anterior al fallo” al del Tribunal Administrativo de Antioquia frente al tema de la revocatoria.

Juez reitera orden a la Registraduría de notificar a Petro sobre revocatoria de Quintero

Por ello, pidió “complementar el fallo en cuanto a los motivos por los cuales se tendrían que desconocer la tutela previa, así como el hecho de adicionar la providencia, explicando la posibilidad o la imposibilidad de requerir amparo o tutela al debido proceso por supuesta falta de celeridad o inacción del Consejo Nacional Electoral para que verifique los topes electorales....”.

Lea también: Registraduría pidió aclarar fallo que le daba orden definitiva para la revocatoria de Quintero

Sin embargo, este 22 de noviembre, el juez niega esta pretensión al desestimarla. Entre otras cosas, porque consideró que “una cosa es la actuación administrativa que adelanta el Consejo Nacional Electoral para constatar y, en caso de incumplimiento, imponer las sanciones que contempla el ordenamiento jurídico por el desconocimiento de los topes de financiación de la campaña, en ejercicio de la función de inspección, vigilancia y control que tiene asignada en materia electoral y otra bien distinta la actuación que debe adelantar la Registraduría en el trámite de la revocatoria del mandato con miras a resolver sobre la certificación a la que se refiere el artículo 15 de la ley 1757 de 2015”.

Así las cosas, el comité promotor y los ciudadanos que quieren que Quintero salga de su cargo esperan que la Registraduría cumpla con lo dispuesto por el juez para continuar con el desarrollo de este mecanismo de participación ciudadana que muchos consideran ha sido vulnerado por medio de dilaciones y otras actuaciones de las entidades involucradas.

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