Histórico

El control de los juegos de suerte y azar

24 de julio de 2008

Contrario a lo que muchos podrían pensar, la operación de los juegos de suerte y azar en Colombia, cuenta con un marco regulatorio amplio, que se desarrolla por la vía administrativa en todos los aspectos relacionados con la explotación, organización, administración, operación, control, fiscalización y vigilancia de todas las modalidades de juegos autorizadas.

Toda esta normatividad se encuentra recopilada en la ley 643 de 2001, conocida como la ley de régimen propio de los juegos de suerte y azar y en sus decretos reglamentarios.

En este sentido, dicha ley le concede plenas facultades a las empresas, sociedades o entidades públicas administradoras del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, para ejercer la fiscalización necesaria y asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones a cargo de los concesionarios o destinatarios de autorizaciones para operar juegos de suerte y azar.

En consecuencia, la principal responsabilidad en el cumplimiento de las funciones de inspección, vigilancia y control de la operación de juegos de suerte y azar, está en cabeza de las llamadas entidades concedentes, esto es, loterías, beneficencias, sociedades de capital público departamental y de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, que son las que adjudican los contratos de concesión a los operadores privados.

Al mismo tiempo, la Superintendencia Nacional de Salud ejerce las mismas funciones sobre las anteriores entidades y los operadores. Adicional a eso, las autoridades de policía tienen funciones legales que les permite ejercer control sobre la operación de los juegos de suerte y azar, en lo que respecta a las autorizaciones y permisos de funcionamiento de los locales donde se operan juegos.

Sin embargo, la efectividad de las llamadas acciones de control es mínima, pues las entidades responsables de cumplir esta tarea no cuentan con los recursos suficientes para ejercerlas de manera adecuada, lo que da lugar a la aparición de un mercado ilegal paralelo en la operación de juegos de suerte y azar, que se ha constituido en la mayor amenaza para la estabilidad de las empresas legalmente autorizadas para hacerlo y que constituye una práctica evasora, que representa una gran pérdida en el recaudo de los derechos de explotación, que como es bien sabido tienen como destinación exclusiva, la financiación del servicio público de la salud.

Las cifras no nos dejan mentir, de los desequilibrios económicos que resultan entre los valores de los contratos de concesión y el producido real de las ventas, el promedio nacional de mercado ilegal de juegos es de un 30 por ciento, lo que quiere decir que de acuerdo con las cifras que arrojó esta actividad en el 2007, cerca de 800 mil millones de pesos quedaron en los bolsillos de los operadores ilegales, que no pagan ningún tipo de impuesto. Esto representa para el Estado una evasión cercana a los 140 mil millones de pesos, por solo derechos de explotación, cifras estas bastante elocuentes para hacernos a una idea muy clara de cuál es la magnitud y gravedad de la operación ilegal de juegos  en el país.

Intensificar y mejorar la efectividad en las acciones de control al juego ilegal, tiene que ser una prioridad para el Gobierno, ya que lo que está en riesgo son los recursos para financiar los servicios de salud para miles de colombianos de bajos recursos.

*Presidente Federación Colombiana de Empresarios de Juegos de Azar. Feceazar