Tribunal ordena arresto a director de la Uspec por crisis alimentaria en La Picota
La decisión se tomó luego de una tutela que señaló que el centro penitenciario no se están suministrando los alimentos en las cantidades necesarias.
El Tribunal Superior de Bogotá ordenó el arresto de tres días y una multa equivalente a dos salarios mínimos al director de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), Ludwing Joel Valero Sáenz.
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Esta decisión se tomó luego del incumplimiento a un fallo de tutela interpuesto por un grupo de privados de la libertad que han denunciado reiteradas fallas en el mal servicio de los alimentos en la cárcel La Picota de Bogotá.
Según el fallo, este también se hace efectivo a Carlos Alberto Barrios Meriño, representante Legal de la unión temporal Alimentar Sueños Uspec 2023, debido a las consecutivas fallas que violan los derechos humanos de la población privada de la libertad.
“Declarar en desacato al director general (e) Unidad De Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), Ludwing Joel Valero Sáenz, y al representante Legal de la UT Alimentar Sueños Uspec 2023, Carlos Alberto Barrios Meriño, por el incumplimiento incurrido frente a la orden proferida en la sentencia de tutela del 07 de febrero de 2023 adicionada por el fallo del 25 de abril de 2023. En consecuencia, sancionar a los antes nombrados con tres (3) días de arresto y multa equivalente a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigente, que deberá ser consignada a favor el Consejo Superior de la Judicatura”, señala el fallo.
Según la tutela radicada, en el centro penitenciario no se están suministrando los alimentos en las cantidades necesarias, sumado a que las frutas y verduras se entregan, en su mayoría, en estado de descomposición.
“Se entrega poca variedad de verdura y en baja cantidad, por lo cual todos los días se repite el mismo menú, sumado a que la proteína es poca y de mal aspecto incluso se les suministra bagre “baza importado” cuya distribución está prohibida”, señala el documento.
Adicionalmente, la decisión judicial consignó que “las personas encargadas de preparar los alimentos son obligadas a prestar sus servicios por más de ocho horas, el menaje de cocina y utensilios para desarrollar esa labor está incompleto”.
En ese sentido, explicó el tribunal que “hay tres estufas dañadas, el horno se quemó y la licuadora y cortadora se averiaron, entre muchas otras cosas, y para la distribución del alimento se usan canecas plásticas con más de un año de uso aunado a que no hay suficiente y adecuado menaje para servir la comida”.
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