Las diferencias entre el proceso de paz de las Farc y las Auc
Unidos por un mismo propósito –la terminación del conflicto armado interno— el proceso de paz con las Farc que se desarrolla en La Habana (Cuba) y el que permitió el desmonte de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc) en la administración de Álvaro Uribe, tienen tantas similitudes como diferencias.
Expertos consultados sostienen que un factor que los hace procesos totalmente distintos es su concepción, teniendo en cuenta que el de los paramilitares fue más un sometimiento a la justicia, pues nunca tuvieron estatus político, lo que sí ocurre con la guerrilla, considerada interlocutor válido del Estado.
Sin embargo, esa principal diferencia también marca la más importante coincidencia entre ambos procesos: en los dos casos han sido creadas jurisdicciones especiales para facilitar una salida jurídica de los combatientes.
Para los paramilitares se creó la Ley de Justicia y Paz, que incorporó la alternatividad penal (cesación de procedimientos, suspensión de la pena y condenas benévolas de entre cinco y ocho años de prisión, incluidos los delitos de lesa humanidad). En el caso de las Farc, la situación es parecida, pues se acordó la creación de la Jurisdicción Especial para la Paz, con aplicaciones de castigos similares, aunque aún está por reglamentar.
“Después de cinco décadas de guerra, el Estado acepta el delito de rebelión como mecanismo de las Farc para buscar cambios estructurales en el sistema político y económico, mientras que a los paramilitares les dio algo de razón, porque luchaban desde la ilegalidad al lado de algunos sectores institucionales para defender intereses privados”, sostiene el experto en seguridad nacional Otty Patiño Hormaza.
El desmovilizado del M-19 explica que los paramilitares “nunca tuvieron representación legítima en el Congreso” pues todos sus voceros terminaron presos por ‘parapolítica’, mientras la guerrilla “ha jugado un papel político activo, especialmente desde los años 80”.
A su turno, el ex alto comisionado nacional de Paz Camilo Gómez Alzate sostiene que si bien los procesos se dieron en momentos históricos diferentes, ambos estuvieron marcados por los mismos fenómenos: el uso desproporcionado de la violencia, en particular contra la población civil, y la influencia del narcotráfico.
“Lo que preocupa es que mientras los paramilitares tuvieron que acogerse a la estructura del Estado para su desmonte, ahora son las instituciones fortalecidas las que tienen que acomodarse a la interpretación que hagan las Farc de los acuerdos”, afirma Gómez Alzate.
Otro experto, el analista en temas de seguridad nacional John Marulanda, destaca como la principal diferencia entre ambos procesos la suerte de las Fuerzas Armadas: “Ya se ve venir la reconversión de las Fuerzas Militares a petición de la guerrilla, así el Gobierno lo niegue; en cambio los ‘paras’ nunca exigieron reformar la estructura del aparato militar del Estado. Ese es el punto más grave de esta negociación”.
Marulanda agrega que otra diferencia grande entre el proceso de Santa Fe de Ralito y el de La Habana es el juzgamiento. “La Ley de Justicia y Paz se hizo para desmontar a los grupos paramilitares; la Jurisdicción Especial para la Paz busca juzgar por igual a guerrilleros y agentes del Estado”.
Bajo ese panorama, y con ayuda de los expertos consultados, muestra cuáles son las principales coincidencias y diferencias entre los procesos con las Auc en el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez y las Farc, en la administración de Juan Manuel Santos.