Autor de la ley de inteligencia habla sobre los perfilamientos ilegales del Ejército
Soy periodista egresada de la Universidad de Antioquia. Mi primera entrevista se la hice a mi padre y, desde entonces, no he parado de preguntar.
Los perfilamientos de periodistas, defensores de derechos humanos y políticos de oposición que estarían haciendo miembros de inteligencia del Ejército Nacional, y que fueron denunciados este sábado por la revista Semana, “van completamente en contra de lo que dice la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia”, explicó el senador Juan Manuel Galán, autor de la Ley Estatutaria 1621 de 2013.
EL COLOMBIANO habló con él sobre este asunto, tan reiterado en la historia reciente de Colombia.
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Sobre el fenómeno de las chuzadas ilegales y de los perfilamientos, ¿qué es lo que ha permitido que ocurra de manera reiterada?
“Antes de la Ley de Inteligencia, los organismos de inteligencia actuaban en Colombia sin Dios ni ley y existía una figura muy peligrosa para cualquier democracia que era el DAS (Departamento Administrativo de Seguridad), porque concentraba unas funciones que en una democracia no se pueden estar en una sola entidad: la inteligencia y la contrainteligencia civil, la inmigración, la policía judicial, la protección de altos funcionarios y dignatarios del Estado y la Interpol. Eso fue nefasto, no solamente se dieron seguimientos, interceptaciones de comunicaciones, acoso a opositores y a defensores de Derechos Humanos, sino que se gestaron asesinatos, entre ellos el de mi padre Luis Carlos Galán, el de Bernardo Jaramillo Ossa, el de Carlos Pizarro, todos esos asesinatos tienen como hilo conductor y como modus operandi la participación del DAS.
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La inteligencia se ha venido utilizando por los criminales como una herramienta para perseguir enemigos y para beneficiarse también de los recursos que vienen en los fondos reservados y recompensas que se pagan a esos informantes que le prestan ese servicio a los organismos de inteligencia. Las chuzadas desde el DAS y los seguimientos a la Corte Suprema de Justicia, que llevaba investigaciones muy delicadas sobre parapolítica y sobre nexos de políticos uribistas con el paramilitarismo y con el narcotráfico, hicieron que pudiera proponer la Ley de Inteligencia, una ley que tuvo nueve intentos en el Congreso de la República para ser aprobada y nueve veces fracasó. Finalmente, por el ambiente que se generó con el escándalo de las chuzadas, salió adelante la Ley”.
¿Qué se estableció en esa Ley?
“Estableció unas definiciones de lo que es la inteligencia, lo que es la contrainteligencia y cuál es la misión y el objetivo fundamental de los organismos de inteligencia, que no es proteger a un gobierno ni a un régimen, ni la seguridad nacional siquiera, sino la defensa de los Derechos Humanos, y dentro de ese marco nadie por razón de ser periodista, sindicalista, defensor de DD. HH., opositor o magistrado puede ser objeto de seguimientos ni de interceptaciones de sus comunicaciones. De hecho, en la Ley establecimos que para que a una persona le intercepten su teléfono requiere la orden de un juez y para lo que se le otorgue debe presentar una misión de inteligencia debidamente aprobada y con todos sus soportes, con un responsable, y el juez lo autoriza siempre y cuando se trate de personas relacionadas con estructuras criminales, con narcotráfico o terrorismo, que es donde se justifica que los organismos de inteligencia actúen”.
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¿Quiénes en el Estado están desarrollados para desarrollar actividades de inteligencia?
“En la Ley se estableció también lo que es la comunidad de inteligencia: las Fuerzas Militares (Ejército, Armada, Fuerza Aérea), la Policía, y la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), todas esas instituciones hacen parte de la Junta de Inteligencia Conjunta, y es la manera como los organismos de inteligencia coordinan su trabajo en el marco de un plan anual de inteligencia, en ese plan se establecen las prioridades y la hoja de ruta que deben seguir.
Antes de la Ley los organismos de inteligencia respondían a una lógica de oferta, en la que ellos mismos se inventaban su trabajo, lo que debían hacer y a quién debían seguir, sin rendirle cuentas a nadie. La Ley cambió a una lógica de demanda, en la que tiene que haber un responsable político y un responsable operativo que hacen un requerimiento a los organismos de inteligencia y solo pueden responder y actuar en el marco de esos requerimientos”.
¿Entonces qué fue lo que pasó con las carpetas de perfilamientos a periodistas y miembros de diferentes organizaciones?
“Lo que estamos viendo con este caso es que ese grupo dentro del Ejército que hizo esos seguimiento, perfilamientos e interceptaciones actuó a mutuo propio, sin claramente responder a un requerimiento, sin embargo deben responder ¿quién está haciendo el requerimiento de seguir a esas personas?, ¿quién está recibiendo esa información?, ¿por qué está recibiendo esa información?, todo eso lo tiene que responder la justicia ordinaria, no la justicia penal militar, porque los hechos cometidos por estos oficiales dentro del Ejército no son parte de sus funciones como militares. La Fiscalía, la Procuraduría y la Contraloría tienen que pronunciarse sobre esos hechos y llevarlos a la justicia”.
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¿Este episodio tendrá repercusiones internacionales?
“En Estados Unidos seguramente se van a abrir procesos penales por las actuaciones de estos miembros del Ejército, porque se trata de fondos de cooperación internacional que vienen de los contribuyentes de EE. UU., que fueron aprobadas por el Congreso de ese país, que seguramente llamará a cuentas sobre qué fue lo que pasó con el uso de esos recursos y de esos aparatos que fueron enviados a perseguir ciudadanos norteamericanos, además periodistas que estaban realizando labores de investigación de hechos ilegales, eso es muy grave. En la Justicia norteamericana seguramente se van a ver procesos que requieran a miembros del Ejército que cometieron esos hechos para que respondan y para que expliquen quién les dio la orden, por qué se las dieron y quién era el destinatario de esas famosas carpetas de perfilamiento de esas personas que no eran objeto legítimo de persecución”.
¿Estados Unidos podría solicitar la extradición de estos militares?
“Hasta allá podrían ir las autoridades norteamericanas si deciden requerir a los oficiales del Ejército por los delitos que cometieron contra ciudadanos norteamericanos, desviando recursos de cooperación de Estados Unidos para la compra de los aparatos con los que hicieron esos seguimientos”.