Colombia

Deberán sostener precios de fármacos

11 de noviembre de 2016

La Corte Constitucional ratificó ayer que los laboratorios no pueden transar medicamentos o insumos médicos, por encima de los precios que resulten en la negociación centralizada que organice el Ministerio de Salud.

El alto tribunal ratificó varias disposiciones del Plan de Desarrollo que se refieren al control de precios de los medicamentos, que habían sido demandados por el exsuperintendente de Salud, Gustavo Morales, ahora director de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo, Afidro.

Igualmente, la Corte ratificó el procedimiento previo que se debe hacer para entregar el registro sanitario a nuevos medicamentos y tecnologías en salud que pretendan ingresar al país. Cualquier medicamento nuevo deberá ser evaluado por el Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS) y luego el Ministerio fijará un precio con base en ese examen. Solo con esto el Invima entregará el registro.

El plan también señala que le corresponderá a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos, cuando así lo delegue el Gobierno, la definición de la metodología y los mecanismos de regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización.

La Corte solo estableció un condicionamiento en el sentido que estos procedimientos no pueden afectar o lesionar “los elementos de disponibilidad y acceso a medicamentos e insumos de la población”. Además, ratificó la facultad del Invima para modificar, a petición del Minsalud, las contraindicaciones e interacciones de los medicamentos.

Para Morales, estos procedimientos violan el principio de libertad económica por considerar que los precios fijados no se podían extender “a netamente privados que no usan recursos públicos cuando realizan negocios entre sí, como ocurre por ejemplo, con los planes voluntarios o aquellos quienes compran medicamentos de manera particular”.

Por su parte, el Minsalud defendió el procedimiento al considerar que si un medicamento llega y tiene un valor terapéutico similar a los que ya existen, el precio debe ser homólogo a este. Así, la Corte está señalando que si llegase una tecnología en salud o un medicamento novedoso, no se podría bloquear su ingreso al país.