Juez determinó que alcaldía de Alejandría violó el debido proceso al cerrar el balneario Nudillales, pero no permitió reabrirlo
El fallo expuso la cadena de irregularidades que precedieron el cierre abrupto del lugar turístico del Oriente. También dejó claro que este operó durante años exponiendo a serios peligros a los visitantes, ante la falta de control y vigilancia del municipio.
El pleito que mantiene cerrado el balneario Nudillales de Alejandría, uno de los destinos turísticos más conocidos del Oriente antioqueño, sigue complicándose y este cotizado sitio turístico está próximo a cumplir un mes cerrado golpeando la economía del municipio. Pues bien, el juzgado promiscuo municipal de Alejandría determinó que la alcaldía violó el debido proceso y actuó con improvisación desconociendo toda la normativa involucrada.
El lío se remonta a finales del pasado mes de julio, cuando la alcaldía le exigió a Asocobal, la asociación que administró el balneario desde 2018, entregar el lugar por el vencimiento del contrato que estaba vigente hasta el 27 de julio. No obstante, tras no llegar a un acuerdo para que la administración municipal le reconociera que hizo la asociación a lo largo de estos seis años, Asocobal en cabeza de su representante legal, William Velásquez, decidió no hacer entrega del lugar hasta no tener, a su juicio, garantías.
Tras esto, la Secretaría de Planeación y un funcionario del área de salud hicieron una visita el 30 de julio en la que concluyeron que el charco del balneario no cumplía con las condiciones mínimas de seguridad establecidas en los decretos 780 de 2016 y 1801 de 2016; y ordenó el cierre definitivo, una orden que debía estar mediada por un recurso de 10 días hábiles. El 2 de agosto la alcaldesa Gloria Naranjo firmó la resolución que ordenaba a la policía garantizar la suspensión inmediata de la actividad en la piscina del balneario, orden que fue notificada al día siguiente, un sábado, “día no hábil” y con una premura “inusitada”, según señaló la defensa de Velásquez. Ese mismo 3 de agosto la inspectora Marleny Rendón desembalsó por cuenta propia la piscina, a pesar de los reclamos de Velásquez al señalarle que no estaba respetando el derecho al recurso que el propio documento entregado por la inspectora indicaba. La funcionaria vació el charco abriendo la compuerta, a pesar de que en el lugar había presencia de turistas, según relató el vocero de la asociación.
En primer lugar, el juez advirtió que no está entre su competencia definir de fondo el pleito por el contrato que tiene enfrentada a la asociación con la alcaldía, pero sí advirtió allí la primera inconsistencia, pues a juicio del togado si la alcaldía no consideraba que la asociación tuviera ya vínculo contractual alguno, no tenía sentido notificarla como lo hizo en medio del irregular procedimiento considerándolo poseedor, vía contrato, del lugar.
Más allá de eso, al analizar el caso, el juez encontró que lo que intentó hacer la alcaldía fue validar el procedimiento que ejecutó a través de tres documentos: una circular de la Secretaría de Salud, un memorando de la Procuraduría y el formulario único de visita de Inspección de Criterios Técnicos y dispositivos de seguridad de las instalaciones acuáticas o estructura similar. Sin embargo, halló que el objetivo de estos documentos es exigir y orientar a los municipios para que asignen a una dependencia a cargo de la inspección, vigilancia y control de seguridad en piscinas. También verifican los certificados que expida un municipio en cumplimiento de Normas de Seguridad de Instalaciones acuáticas de inmersión de uso colectivo. No obstante, al exigir el juez al municipio las pruebas que demostraran que efectivamente tenían una dependencia a cargo, un protocolo para garantizar el cumplimiento de este tema y los certificados que hubieran emitido al respecto, la alcaldía no entregó nada. “(...) se echa de menos, o al menos brilla por su ausencia en el plenario, prueba que demuestre la delegación por parte del Municipio en cabeza de su representante legal a la dependencia u oficina administrativa, que se encargue de emitir el certificado de cumplimiento de normas de seguridad en piscinas y evaluar criterios técnicos y de seguridad tal como lo ordenan, entre otros, la Ley 1209 de 2008 y el decreto único reglamentaria 780 de 2016”, se lee en el fallo.
En síntesis, lo que quedó en evidencia es que la alcaldía incumplía con la circular y el memorando en los que se apoyó para adelantar un procedimiento el cual no tenía competencia para realizar.
“Lo anterior, en criterio de este juez constitucional, demuestra un conocimiento incipiente de las normas sobre la materia y un desconocimiento total de su aplicación para los casos de incumplimiento de normas de seguridad en piscinas y estructura similares, situación que ha conllevado a la más completa improvisación por parte de la administración municipal y todas las oficinas administrativas que han emitido algún pronunciamiento sobre el tema”, sopesó el juez.
Por esta razón el juez dejó sin efecto todas las actuaciones de la Secretaría de Planeación de la Alcaldía, en cabeza de la alcaldesa Gloria Naranjo, y de la inspectora Marleny Rendón, que terminaron con el cierre del popular balneario. Sin embargo, también determinó que el balneario debe continuar cerrado.
Esta decisión la tomó el juez porque ni la actual ni las administraciones anteriores se preocuparon por definir una dependencia que se encargara de velar por el cumplimiento de normas de piscinas y estructuras de inmersión, por lo cual la piscina del balneario operó durante años generando peligros para la integridad personal y seguridad de la comunidad en general, en especial niños, niñas, adolescentes, personas de la tercera edad y mujeres en estado de embarazo. “Lo que hace imposible que el juez constitucional ordene una apertura o habilite nuevamente el funcionamiento de la piscina o estructura similar, a pesar de encontrar una violación flagrante al debido proceso del accionante”, dice en fallo.
Por lo tanto, le ordenó al municipio en cabeza de la alcaldesa Naranjo que en un plazo de 20 días a partir del pasado viernes 3 de agosto delegar por fin una dependencia que defina un protocolo y se encargue de la inspección, vigilancia y control sanitario de piscinas y estructuras similares y responda a los que exige el certificado de cumplimiento de normas de seguridad de las instalaciones acuáticas de inmersión y Estructuras similares en el departamento de Antioquia.
La defensa señaló que el fallo reafirma a Velásquez y Asocobal en sus derechos, en tanto que la alcaldesa Naranjo manifestó no tener pronunciamos adicionales sobre el fallo. Ahora el siguiente round en los estrados será la pelea de fondo por el tema contractual. Velásquez aseguró que han intentado, sin éxito, una conciliación con la alcaldesa. La mandataria reconoció que una vez se resuelva el pleito buscarán que otro privado asuma el control completo del balneario. Asocobal señala que no renovar el contrato para favorecer a un tercero viola lo establecido por el código de comercio. Comerciantes en el municipio señalan sufrir el batacazo por el cierre, pues el balneario es el gran gancho turístico del municipio.