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Polémico decreto obliga a las universidades a pagar al Estado por investigar fauna

  • FOTO Robinson Sáenz Vargas
    FOTO Robinson Sáenz Vargas
13 de septiembre de 2016
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Por estos días, el ministro de Ambiente, Luis Gilberto Murillo, ha recibido numerosas cartas en su despacho por cuenta del Decreto 1272 del 3 de agosto de 2016, una norma que regula los montos de la tasa compensatoria por caza de fauna silvestre; es decir, cuánto debe pagar una persona, empresa o institución por cada animal que saquen de su hábitat natural, aunque no sufra daño alguno y sea devuelto posteriormente.

Las misivas, firmadas por los rectores de las universidades más importantes del país y los directores de los institutos de investigación del Sistema Nacional Ambiental (SINA), pretenden que el Ministerio revise y cambie el decreto.

El problema, según alegan los directivos, es que la norma aplica tanto para la investigación científica comercial -por ejemplo, farmacéuticas y fabricantes de cosméticos que usan animales en sus pruebas-, como para la no comercial -instituciones educativas y ambientales que buscan explorar la biodiversidad colombiana-.

Eso significa que de ahora en adelante las universidades públicas y privadas y los organismos ambientales como el Instituto Humboldt tendrán que pagarle al Estado por investigar la fauna silvestre del país; investigaciones que pretenden un beneficio para el mismo medio ambiente y por ende, para todo el pueblo colombiano.

Si bien es cierto que el decreto plantea un cobro mucho menor para los estudios sin ánimo de lucro, la comunidad científica asegura que la norma pone en riesgo las miles de investigaciones que cada año ejecutan las universidades.

“En nuestra opinión, el recién publicado Decreto 1272 es un retroceso a los logros obtenidos con los decretos que fueron construidos con el concurso del sector estatal que administra el medio ambiente y la comunidad científica”, dice la carta conjunta que enviaron al ministro Murillo los rectores de la Universidad Nacional, la Universidad de Antioquia, la Pontificia Universidad Javeriana y la Universidad de los Andes.

Los directivos se refieren a los decretos 1376 de 2013 y 1076 de 2015, que no hablan en ningún momento del cobro por caza para investigaciones sin fines comerciales y, por el contrario, otorgan el permiso de recolección de animales silvestres con objetivos científicos no lucrativos.

Por eso, dicen los rectores, “exigir pagos es un golpe a los ya limitados recursos financieros que se tienen cuando se investiga en temas básicos sobre los elementos que conforman nuestra diversidad (...) El cumplimiento de este decreto afecta sustancialmente el avance de la investigación científica sin fines comerciales que vienen haciendo las entidades del Estado colombiano”.

Según Mauricio Mira, director de la oficina de Negocios Verdes del Ministerio de Medio Ambiente, la tasa por cacería de animales silvestres “está dirigida a compensar los gastos de mantenimiento de la renovabilidad de los recursos naturales renovables, en este caso la fauna”.

Con la excepción de la cacería de subsistencia, todas las personas que cacen fauna silvestre nativa están obligados a pagar la tasa compensatoria, incluyendo la cacería con fines comerciales, deportivos, de fomento (zoocría), científica y de control.

El Ministerio dice que los recursos que se recauden serán destinados a la implementación de planes de conservación, estrategias para el control de tráfico ilegal, la restauración de ecosistemas importantes para las especies silvestres “y de manera prioritaria, en la elaboración de estudios de investigación básica y aplicada de la fauna”.

O sea que la plata que las universidades e instituciones ambientales tendrán que pagar al Estado por recolectar animales, les sería devuelta en forma de recursos para investigación. Al menos eso es lo que dice la teoría.

Pero, ¿de cuánto dinero se está hablando?

En el caso de cacería con fines de investigación no comercial, los valores a pagar por cada animal o muestra son de 144 pesos para invertebrados y 768 pesos para vertebrados, un valor muy bajo en comparación de la tarifa mínima base de $9.600 pesos para otro tipo de cacería.

Por eso, dice el Ministerio, el decreto no desincentiva la investigación sin fines de lucro.

“Se realizó un estudio de impacto económico sobre los diferentes sectores que serían objeto de cobro, y para el caso de la investigación científica no comercial, a partir de información de expedientes sobre permisos otorgados, encontramos que la tasa correspondería a menos del 1% del valor del presupuesto que encontramos en los estudios reportados. En consecuencia, lo valores a pagar serán bajos”, señala Mira.

Para las universidades, en cambio, los cálculos del Ministerio no son más que cuentas alegres.

“A pesar de que los montos unitarios por espécimen y/o muestra no parezcan ser tan elevados, al sumar todos los especímentes/muestras de un proyecto, y a su vez considerar los cientos de proyectos que anualmente ejecuta cualquier institución de investigación, al final sí resultan ser significativos y afectan considerablemente el desarrollo y futuro de la investigación, pues los costos asociados castigan los proyectos”, escribió Dolly Montoya, vicerrectora de Investigación de la Universidad Nacional, en una carta enviada al ministro Murillo.

Solo la Universidad Nacional tiene 570 grupos de investigación categorizados en Colciencias, más de 800 expertos en biodiversidad y por lo menos 3 millones de ejemplares de fauna silvestre en 41 colecciones biológicas.

Si esos 3 millones de especímenes fueran todos invertebrados (los que tienen la tasa compensatoria más baja), la Universidad Nacional habría tenido que pagar por ellos 432’000.000 de pesos; un monto para nada desestimable.

Para los rectores de la universidades, así como para los directores de Invemar, el Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico y el Instituto Humboldt, el cobro de la tasa compensatoria es justo para las actividades de cacería con fines de lucro (como la prosprección biológica, la aplicación industrial o el aprovechamiento comercial), pero la recolección de animales con fines investigativos y académicos debería diferenciarse y estar excenta de cobro.

La razón es más que evidente: “la investigación científica en materia de biodiversidad es necesaria para la generación de información y de conocimiento sobre las riquezas naturales de nuestro país, y como soporte de la gestión integral de nuestros recursos naturales, a fin de seguir trabajando por el bienestar de las personas y la sostenibilídad del desarrollo en Colombia”, dice la misiva que enviaron al Ministerio los institutos de investigación del SINA.

“Nosotros no somos una farmacéutica, sino que estamos generando investigación para el mismo Estado”, dice Iván Darío Soto Calderón, profesor de biología e investigador de la Universidad de Antioquia. “El Decreto 1272 va a tener graves consecuencias. Si tú tienes un estudiante en trabajo de grado y no tiene dinero, ¿cómo va a investigar?”.

Para el profesor, “el Estado está en la obligación de garantizar los medios a las universidades para que investiguen, no al revés. Las universidades somos los “ojos” y los “brazos” del Estado; no somos clientes del Estado, sino sus principales aliados”.

Y por eso las cartas en el despacho del Ministro de Medio Ambiente piden todas lo mismo: que el decreto 1272 sea replanteado y se evite la “muerte lenta” de la investigación de la fauna silvestre colombiana.

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