La Ley 1905 del 28 de junio de 2018 “por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de abogado” dispone que para ejercer la profesión de abogado, además de los requisitos legales, el graduado deberá acreditar la certificación de aprobación del Examen de Estado que para el efecto realice el Consejo Superior de la Judicatura o la Institución de Educación Superior acreditada en Alta Calidad que se contrate para tal fin. Se entenderá aprobado el examen cuando el resultado individual supere la media del puntaje nacional de la respectiva prueba. Si el graduado no aprueba el examen, se podrá presentar en las siguientes convocatorias hasta que obtenga el puntaje mínimo exigido. El requisito de idoneidad para el ejercicio...