Aunque el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá declaró ayer ilegal la huelga de los pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (Acdac), la situación de los pasajeros de Avianca no cambiará todavía.
El sindicato apeló esa decisión ante la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Esto quiere decir que la sentencia proferida no es definitiva.
El plan B que ha impulsado la aerolínea en los 18 días que se cumplen hoy de paro seguirá su curso; con el reajuste de vuelos y rutas hasta que se incorporen más pilotos nacionales y extranjeros.
La primera etapa que ha mencionado Avianca es el ingreso de al menos 100 pilotos extranjeros para volar en rutas nacionales, las que más se han visto afectadas en este cese de actividades, que inició por un descontento en las condiciones laborales de los sindicalizados en Acdac.
“Avianca espera y desea que, ante la declaratoria de ilegalidad, los pilotos de Acdac se reintegren a sus laborales a la mayor brevedad”, afirmó la aerolínea a través de un comunicado de prensa publicado en la Superintendencia Financiera de Colombia.
Hasta el 5 de octubre la aerolínea reportó 3.320 vuelos cancelados, lo que representa una afectación de 51% de la operación total. Los viajeros vulnerados suman 318.368 en el mismo periodo.
¿Qué sigue en el proceso?
A Acdac le quedan dos opciones adicionales: una tutela ante la Corte Suprema de Justicia y acudir a organismos internacionales, como el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), según analizó el investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Jaramillo Jassir.
“Ninguno de esos recursos legales procedería”, aseguró la consultora aeronáutica y exdirectora de la Asociación del Transporte Aéreo en Colombia (Atac), Claudia Velásquez, ya que en el artículo 68 de la Ley 336 de 1996 consagra el transporte aéreo como un servicio público esencial. Por tanto, no se puede suspender su actividad.
Esa fue una de las razones que argumentó el tribunal para calificar de ilegal el cese de actividades de los pilotos de Acdac. “Para que su huelga procediera debieron haber primero interpuesto una demanda contra ese artículo y haberla ganado”, dijo Velásquez.
Sin embargo, el presidente de Acdac, el capitán Javier Hernández, aseguró que la aviación comercial no es un servicio público esencial, por tanto la huelga no es ilegal, bajo los convenios 87 y 98 de la OIT.
La defensa del sindicato en la audiencia de ayer pidió que las sentencias y las leyes que han servido de fundamento para calificar el transporte aéreo como esencial se adecúen a la doctrina de esa organización, que son de carácter vinculante.
En ese sentido, Jaramillo Jassir afirmó que “todo está sujeto a interpretación, ya que ambas normas son admisibles”.
La defensa añadió que hay una “falta de pruebas en la sentencia, y que están intimamente relacionadas con las garantías al derecho de libertad de asociación. Dejaron de tener en cuenta los efectos discriminatorios de los pactos colectivos (que ha entablado Avianca), que vienen afectando la negociación colectiva”.
Por otro lado, en la audiencia en que se profirió la declaratoria de ilegalidad, se mencionó como otra causal que el sindicato no reuniera la mitad más uno de los trabajadores de la aerolínea.
Por lo pronto, afirmó el capitán Hernández “nos asiste el derecho a la huelga, por tanto, no pueden despedirnos (...) confiamos en que la Corte declare la legalidad del paro”.
100
pilotos extranjeros contratará Avianca para intentar normalizar sus operaciones.
2,5
millones de dólares al día pierde Avianca con huelga de pilotos de Acdac.