El Ministerio de Defensa deberá realizar el diseño de un curso para frenar la violencia contra la mujer y fortalecer la integridad familiar de la Policía Nacional.
Esto por orden del Consejo de Estado que indicó que todo miembro de la Policía Nacional debe tener un compromiso de conducta pública y privada intachable.
El pronunciamiento se dio a la hora de declarar la responsabilidad de la Policía por el feminicidio, precedido de violencia de género, de una señora cuyo compañero era miembro de la Institución.
Los superiores del agresor, pese a conocer la situación de violencia intrafamiliar, toleraron la conducta, lo cual constituye una falla del Estado, pues no actuaron con la debida diligencia para proteger a la mujer de la violencia.
La víctima fue encontrada muerta en su casa, por un impacto con el arma de fuego de dotación del policial. Inicialmente, y según su compañero permanente, ella se había suicidado debido a una crisis de celos. Sin embargo, luego del análisis forense y de balística, se desestimó tal argumento y se comprobó que fue agredida.
La Sección Tercera, con ponencia de la magistrada Stella Conto Díaz del Castillo, explicó que la violencia doméstica puede ser más grave que la que se ejerce abiertamente, ya que puede convertirse en una verdadera tortura y, en esa medida, no puede invocarse la intimidad y el resorte personal de los hogares para justificar la agresión contra la mujer.
En el caso analizado por la Sala, se demostró el maltrato físico y psicológico del que era víctima la mujer. Los testimonios de vecinos, amigos e incluso compañeros de trabajo del agresor, señalaron sus constantes infidelidades con menores de edad y las repetidas discusiones y agresiones físicas que mantenía la pareja por esas circunstancias.
Al respecto, la sentencia señala que la infidelidad insistente y pública puede generar en la víctima un profundo dolor y sentimientos de tristeza, angustia e inseguridad, con consecuencias comprobadas científicamente en su salud física y mental, que puede ocasionar maltrato psicológico.
En este caso, dicho estado fue el que la víctima padeció, según lo evidencian los testimonios. Para otros, la infidelidad masculina constituye un arraigado estereotipo de género que todavía está lejos de considerarse maltrato psicológico, en contra del derecho de la mujer a exigirle a su cónyuge o compañero el mismo comportamiento que de ella se espera.
Adicionalmente, señala la decisión que este caso se trató de un feminicidio, máxima agresión en contra de la mujer, debido a que el comandante de la Estación de Policía no sancionó la conducta de infidelidad pública con menores de edad del oficial ni verificó su situación familiar, pese a la infracción de deberes éticos y su compromiso con factores de riesgo de violencia conyugal y le permitió llevar su arma de dotación a su casa, pese a conocer las denuncias de agresión que pesaban sobre él.
“La violencia de género padecida por la señora requiere de tiempo para asediar, humillar, maltratar o manipular, hasta el punto de producir en la víctima lesiones psicológicas, debidas al desgaste, la complicidad implícita o el consentimiento del resto del grupo y a la tolerancia del entorno”, dice el fallo.
Para la Sala, una actuación efectiva y oportuna, por fuera de conceptos estereotipados de los roles de hombre y mujer, hubiera destapado el drama que estaba viviendo la señora e impedido, de alguna manera, el desenlace fatal.
Sin embargo, en este caso, hubo indiferencia por parte del superior, para mantener la imagen institucional, “lo que pone de manifiesto la inexistencia absoluta del criterio de género en la perspectiva de la imagen referida y, por ende, el incumplimiento de los compromisos de la institución con el problema estructural de la violencia en contra de la mujer”.
La decisión hace uso de varios informes nacionales e internacionales que registran que en Colombia son asesinadas, en promedio, cuatro mujeres diariamente, lo que equivale a 1.460 asesinatos por año, y un porcentaje importante se da en familias de miembros de la Fuerza Pública.
La Sala también le pidió a la Procuraduría General para que adopte medidas de corrección, en orden al respeto de la vida y no discriminación de la mujer, en todos los frentes de su competencia.
Por su parte, la Alta Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer (Acpem), deberá promocionar políticas públicas para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer en todas las instancias del poder público y especialmente en la Fuerza Pública.