Que los delitos de violencia sexual cometidos en el marco del conflicto armado no pasen por la Justicia Especial para la Paz, JEP, y queden en la justicia ordinaria –como se han juzgado hasta ahora–, es un precepto que a las víctimas y a las organizaciones de mujeres no convence.
La razón de este temor es sencilla: según la Red de Mujeres Víctimas y Profesionales, la impunidad para estos delitos es del 90 por ciento en este tipo de justicia.
“Con esta propuesta se desconoce que muchas víctimas de este delito lo fuimos siendo menores de 18 años, que las víctimas de violencia sexual tenemos derecho a la verdad, la reparación y garantías de no repetición”, expresó la Red en una carta enviada al Congreso de la República en la que solicitaron no excluir de la JEP este tipo de agresiones.
Ángela María Escobar, coordinadora nacional de esta asociación que defiende los derechos de las mujeres, explicó a EL COLOMBIANO que entre 2010 y lo que va de 2017 han denunciado 935 casos de violencia y agresiones sexuales y no han obtenido justicia, además, han hecho tres jornadas de denuncias colectivas, para visibilizar las agresiones, tener una voz visible y obtener justicia.
“Las víctimas de violencia sexual esperamos que el victimario nos de la cara y nos diga por qué nos violaron. La cárcel no resocializa y preferimos ver a quien nos hizo daño sembrando a que se pasen toda la vida en la cárcel y no conozcamos la verdad”, expresó Ángela Escobar.
¿Habrá impunidad?
En el 2016, Medicina Legal realizó 20.820 exámenes por presuntos hechos de violencia sexual. Del total, 17.740 correspondieron a mujeres, es decir el 85,21%; y 3.080 a hombres, el 14,79%. Según estos datos, por cada hombre agredido, seis mujeres fueron víctimas de violencia sexual.
Al anterior análisis, el Centro Nacional de Memoria Histórica sumó su informe “La Guerra Inscrita en el Cuerpo” en el que registró que desde 1959 se presentaron un total de 14.982 casos de violencia sexual en el marco del conflicto armado, teniendo como principales victimarios a grupos paramilitares y guerrilleros. Entre 2008 y 2012, en el país al menos 274 menores de edad fueron agredidos sexualmente, y a diario, en medio de las hostilidades.
Como si fuera poco, el último Estudio Criminológico de la Policía Nacional de 2016 registró “un incremento muy importante del 87% comparando los casos denunciados en los años 2013 (11.546 casos), 2014 (12.569 casos) y 2015 (21.627 casos)”.
Bajo la anterior premisa, el artículo relacionado con los delitos sexuales, en especial contra los menores de edad ocurridos en el marco del conflicto del armado, dejó aprobado en la Cámara de Representantes que este tipo de acciones sí pasarían por la JEP, pero serían juzgadas y condenadas con las penas de la justicia ordinaria, como lo referencia el artículo 147, “y no procederán ninguna clase de beneficios o subrogados penales, judiciales y/o administrativos, incluyendo los que se consagran en la presente ley”.
Conocido el articulado, la representante a la Cámara, Margarita Restrepo, cuestionó el hecho de que los crímenes cometidos contra los menores de edad no fueran todos juzgados por la justicia ordinaria, solo los de carácter sexual.
“La justicia transicional no debe ser sinónimo de impunidad. Cualquier delito cometido en contra de nuestros niños debe ser tratado por la justicia ordinaria”, expresó la congresista durante la discusión de la Justicia Especial para la Paz.
La lectura del analista del conflicto armado, Juan Carlos Ortega, sobre llevar los delitos de violencia sexual a la justicia ordinaria llevaría a la impunidad en el sentido de que los exguerrilleros no contarían sobre estos hechos si saben que serán condenados a más de 30 años de cárcel.
“Ellos convinieron que si contaban la verdad tendrían una pena alternativa entre cinco y ocho años de cárcel. Pero bajo la premisa de que se irían a la cárcel tanto tiempo, no van a contar lo sucedido”, explica el experto.
Un largo camino
Para la abogada Alejandra Coll, abogada experta en temas de género, aún no se deben encender las alarmas porque sigue la conciliación de lo aprobado en la Cámara.
“Todavía no se puede hablar de impunidad. Falta un punto muy importante que es la conciliación de lo aprobado y en ese paso la Corte Constitucional puede hacer recomendaciones. Esta es la oportunidad para que las organizaciones sociales presenten sus intervenciones y observaciones y todo puede cambiar”, concluyó la abogada.