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Presos transexuales podrán escoger si van a cárceles de hombres o mujeres

  • El reglamento carcelario que tenía vigencia desde 1995 fue modificado en estos puntos. FOTO Robinson Sáenz
    El reglamento carcelario que tenía vigencia desde 1995 fue modificado en estos puntos. FOTO Robinson Sáenz
19 de agosto de 2016
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El Gobierno modificó el Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión, cambiando varias normas que ahora deberá seguir el Inpec, en cuanto a las personas pertenecientes a la comunidad LGBTI recluidos en las cárceles.

“La diversidad sexual está protegida en la Constitución Política y no puede obviarse por el hecho de que las personas estén privadas de la libertad”, dijo el viceministro de Justicia, Carlos Medina Ramírez.

En un trabajo conjunto, realizado entre el Ministerio de Justicia, el Inpec, el Ministerio del Interior, entre otras entidades, se llegó a la modificación del reglamento carcelario, el cual tenía vigencia desde 1995.

Entre los aspectos reformados, el Gobierno estableció que los centros carcelarios deben hacer seguimiento médico a las personas trans, que vienen recibiendo tratamientos hormonales, además podrán escoger en que penal son recluidos, según “su identidad de género”.

Además, el ministerio de Justicia estableció que las personas pertenecientes a la comunidad LGTBI pueden expresar su identidad y su diversidad sexual con elementos como pelucas, esmaltes y maquillaje.

Igualmente, el Inpec no podrá sancionar disciplinariamente a las parejas LGBTI que sean vistas dando muestras de amor como besos, abrazos o caricias entre ellos.

“Estos cambios permiten acoplar procedimientos al interior de los establecimientos, a la luz de los mandatos constitucionales y de la protección a los derechos de las personas LGTBI”, explicó Medina.

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