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Santrich, por ahora, no será extraditado: JEP

  • Jesús Santrich permanece en huelga de hambre desde el 9 de abril, día de su captura. FOTO COLPRENSA
    Jesús Santrich permanece en huelga de hambre desde el 9 de abril, día de su captura. FOTO COLPRENSA
17 de mayo de 2018
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La Jurisdicción Especial para la Paz estableció este jueves la suspensión del proceso en la solicitud de extradición de Zeuxis Pausias Hernández Solarte, conocido con el alias de “Jesús Santrich”.

La noticia se dio a conocer esta mañana, luego de una reunión de los magistrados de la JEP, quienes decidieron suspender este proceso.

Le puede interesar: “Si Jesús Santrich fallece, también moriría este proceso de paz”: Iván Márquez

Vale recordar que Santrcih fue capturado el 9 de abril pasado, acusado por la Fiscalía General de la Nación de seguir delinquiendo, pues habría participado de un proceso para enviar cocaína a México y, según el Acuerdo, los miembros de la extinta guerrilla de las Farc que se acogieron al Acuerdo de Paz serían extraditados si continuaban delinquiendo después de la firma. Desde ese momento, se declaró en huelga de hambre, es decir, lleva 38 sin consumir alimentos, pero según pudo conocer EL COLOMBIANO, consume te.

Lea más aquí: La iglesia no se pone de acuerdo en caso Santrich

El exjefe guerrillero y líder político de la Fuerza Alternativa del Común (Farc) fue trasladado el pasado jueves a la fundación religiosa Caminos de Libertad. Allí permanece custodiado por un grupo especial del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

La decisión generó polémica en el país, porque algunos sectores consideraron este movimiento como un beneficio adicional a los que tienen los presos de Colombia.

Incluso, el exjefe guerrillero alias Iván Márquez, había manifestado que si Santrich muere, sería el fin del proceso de paz.

¿Por qué?

Jesús Ángel Bobadilla Moreno, vocero de la Sección de Revisión del Tribunal Especial para la Paz, leyó un comunicado en el que explicó que la decisión fue tomada de manera unánime e indicó que la Sección “avocó” conocimiento de la solicitud de no extradición y como “consecuencia de lo anterior, disponer la suspensión del trámite de extradición que se adelanta en su contra por petición de Estados Unidos”.

De igual manera, Bobadilla Moreno indicó que se corrió traslado para que en un término de 10 días, “los intervinientes soliciten las pruebas que consideren necesarias, y ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores, que una vez reciba la solicitud de extradición, remita copia de la misma a la sección”.

Frente a la solicitud de Santrich de suspender la medida de aseguramiento, la JEP respondió que “no encontró motivos de juicio suficientes para pronunciarse, por ahora, en torno a la medida de nulidad de la medida de aseguramiento elevada por Santrich”, motivo por el cual le solicitó a la Fiscalía que, en un término no superior a cinco días, “allegue el auto del 19 de abril, relativo al trámite de extradición y a la petición de extradición. Es necesario precisar que la decisión estuvo prescedida del acopio de información de entes gubernamentales y judiciales que han intervenido en el proceso de extradición”, manifestó durante la rueda de prensa Bobadilla Moreno.

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