Entre lo acordado por las partes está la creación del tribunal de paz que contará con Salas de Justicia y un Tribunal para la Paz y estará integrada por magistrados tanto extranjeros como nacionales, aunque la mayoría será de colombianos.
Entre las funciones del Tribunal para la Paz están: juzgar e imponer sanciones a los responsables de los delitos cometidos en el contexto y en razón del conflicto armado, particularmente los más graves y representativos como los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, y los graves crímenes de guerra, entre otros.
Quienes reconozcan su responsabilidad, se establece que se deberán proferir sentencias fundadas en las conductas reconocidas, “una vez contrastadas con las investigaciones adelantadas por la Fiscalía General de la Nación y las sentencias judiciales existentes, además de la información que provean las organizaciones de víctimas y de derechos humanos”.
En cuanto a quienes no reconozcan su responsabilidad, se deberá llevar a cabo un juicio contradictorio y proferir las sentencias correspondientes.
En todo caso el tribunal deberá fijar y verificar las condiciones y modalidades de ejecución de la sanción que se imponga, además de supervisar y certificar el cumplimiento de la sentencia.
CONDICIONES
En cualquier caso, el tratamiento especial de justicia, en el caso de las Farc-EP, estará condicionado al cumplimiento de los acuerdos de dejación de armas y reincorporación a la vida civil. Y se aclara que “sólo podrán acceder al mejor tratamiento especial de justicia, en todos los casos, quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana”. Otra de las condiciones está relacionada con la contribución a la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la reparación y la no repetición y la participación de las medidas acordadas.