El Ministerio de Transporte, como ente rector de la política pública de transporte, no incluyó dentro del Plan Nacional de Desarrollo (PND), la habilitación del bicitaxismo y el mototaxismo como medios de transporte público en el país.
Sin embargo el articulado aprobado por el Congreso da vía libre para que en menos de dos años se reglamente su ingreso como alimentadores de sistemas masivos de transporte.
En un comunicado expedido en la noche del lunes por la ministra del Transporte Natalia Abello se consigna que:
De acuerdo con lo plasmado en el Plan Nacional de Desarrollo en su artículo 204, se resalta que: El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte, realizará acciones tendientes a promover el uso de modos no motorizados y tecnologías limpias, tales como bicicleta, tricimóviles y transporte peatonal en todo el territorio nacional.
Y reglamentará la prestación del servicio de transporte público en tricimóviles no motorizados y la posibilidad de alimentación de los mismos a los SITM, SETP, SITP y SITR de acuerdo con las necesidades propias de cada sistema. Además, diseñará una metodología para incluir en los futuros proyectos de interconexión vial las condiciones en las que debe incluirse infraestructura segregada (ciclorutas o carril-bici) en zonas de alto flujo de ciclistas en entornos intermunicipales, ingresos o grandes ciudades, contornos o variantes urbanas, zonas de alta velocidad o de alto volumen de tráfico
“Vamos a mirar otras opciones para el acceso a los sistemas de transporte masivo o estratégico, reglamentando la bicicleta o medios no motorizados, pero de ninguna manera autorizaremos el mototaxismo en el país”, aseguró la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.
De acuerdo con las cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, los actores más vulnerables en las vías continúan siendo los motociclistas (conductores y acompañantes), que en el 2014 representaron el 45,5% de las víctimas fatales con 2.909 casos, y el 51% de los lesionados con 22.684 casos; seguido de los peatones con el 27,5% de los fallecidos y el 21,9% de los lesionados en accidentes de tránsito.
Cabe anotar, que de los 4.396 peatones fallecidos (38% del total de víctimas), 663 personas (que corresponde al 45 por ciento) fueron atropelladas por una motocicleta.
Según el representante a la Cámara Telésforo Pedraza, la inclusión del bicitaxismo en el Plan Nacional de Desarrollo conlleva la invasión a la autonomía de los alcaldes.
En el último trimestre de 2012, en la mayoría de las ciudades colombianas, se debatía el aumento del bicitaxismo y la preocupación sobre su regulación, además de su posible integración con el sistema de transporte. Tres años después, el Plan Nacional de Desarrollo, aprobado la semana anterior por el Congreso de la República, le brinda la posibilidad a este medio de transporte y al cuestionado mototaxismo de formalizarse.
Por su parte, el director de Planeación Nacional, Simón Gaviria, reconoció que aunque su implementación no requiere ley, el Gobierno lo está previendo para algunos sistemas integrados de transporte masivo en el país.
“El mototaxismo es muy fuerte en Colombia, le compite por demanda al sistema y al quitarle demanda se sube el precio. Lo que estamos tratando de plantear es una reorganización, de tal manera que el mototaxi y el bicitaxi puedan servir como microalimentación”, dijo.
Desde el año 2010, la Corte Constitucional había dejado claro que serían las entidades territoriales quienes decidirían si este medio era aplicable a sus municipios y que sería el Ministerio de Transporte el que especificaría cuáles son las exigencias técnicas y legales para este tipo de vehículos.
Gaviria puntualizó que con este esquema se formaliza al mototaxista y al bicitaxista, logrando que ellos accedan a la seguridad social. “Esto es de doble sentido visto desde inclusión social, más demanda de alimentación y menos tarifa”. Recordó que es potestad de cada alcalde en donde exista sistema masivo la implementación de este modelo de microalimentación.
De acuerdo con el artículo 42 de la hoja de ruta del Gobierno, una vez firmada la ley del Plan de Desarrollo por el presidente Juan Manuel Santos, el Ministerio de Transporte deberá reglamentar la prestación de este servicio como alimentadores a sistemas masivos en un plazo no mayor a dos años, claro, de acuerdo con las necesidades de cada sistema.
Para el representante a la Cámara Telésforo Pedraza, la implementación no puede darse a la ligera. “Un tipo de servicio de esta naturaleza incluido en el Plan Nacional de Desarrollo invade competencias de los alcaldes municipales y distritales y creo que no se puede hacer a toda carrera; esto debe tener un plan articulado en materia de movilidad y transporte”.