Tal como lo anticipó EL COLOMBIANO, la ministra de Educación, Gina Parody, radicó un proyecto de Ley en el Congreso con el fin de modificar el Programa de Alimentación Escolar (PAE). La primera novedad que contempla el proyecto es la creación de la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar (ANA), la cual vigilará la contratación de alimentos en las regiones más vulnerables. Esta entidad será la encargada de ejecutar 1.5 billones de pesos que se invertirán en la alimentación de 8 millones 700.000 estudiantes. “De esta forma se garantiza tener un solo doliente o un solo responsable y lograremos una unidad de ejecución. Existirá una prohibición legal para contratar alimentación escolar en municipios no certificados”, dijo Parody.
En manos de esta agencia quedará la responsabilidad de blindar al PAE frente a cualquier intento de corrupción: “Mediante este proyecto se busca eliminar cualquier posibilidad que se presenten mafias, además se estandarizarán los precios, con estudios de mercado, esto quiere decir que se va a entregar lo mismo que una madre le incluye en la lonchera a su hijo”, agregó la ministra de Educación. En 2017, municipios y gobernaciones decidirán si se encargan directamente de la operación del PAE o si lo ceden a la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar. Según Parody, quien socializó el proyecto con la comisión sexta de la Cámara de Representantes y con la Federación Nacional de Departamentos, “con la ley se busca atraer a los mejores operadores y que no se pierda ni un centavo del dinero que se destina para la alimentación escolar de las niñas, niños y jóvenes del país”.
El proyecto no fue presentado con carácter de urgencia, por lo que es posible que no sea aprobado durante la presente legislatura.
ABC de la Ley
¿Qué se va a solucionar?
“El Ministerio ha decidido tomar el liderazgo de la solución de la alimentación escolar. Con este proyecto de ley vamos a garantizar transparencia y bloqueo a las mafias, también corregiremos y sellaremos inmediatamente las grietas que tiene el sistema actual y supervisaremos que la comida llegue bien, a tiempo y a los niños que más lo necesitan”.
¿Cuál es la finalidad de esta Ley?
“Con esta ley pretendemos regular el Programa de Alimentación Escolar (PAE). Así podremos intervenir y organizar la dispersión de fuentes y tener mayor control, también prohibir la contratación a dedo, obligar a hacer contrataciones públicas donde haya muchos oferentes y sean los mejores los que se presenten, para garantizar transparencia y eficiencia. De esta manera lograremos un proceso más expedito, para que la comida llegue bien, con calidad y a tiempo a los niños.
Se busca atraer a los mejores operadores y eliminar cualquier posibilidad que se presenten mafias, además se estandarizarán los precios, con estudios de mercado, esto quiere decir que se va a entregar lo mismo que una madre le incluye en la lonchera a su hijo”.
¿Cuáles son las funciones que tendría esta ley?
“1) Lograr la operación organizada y articulada de alimentación escolar.
2) Diseñar las líneas generales de la política social del Estado para la adecuada prestación del servicio de alimentación escolar.
3) Establecer los criterios técnicos para la priorización y focalización de los beneficiarios del servicio de alimentación escolar.
4) Emitir los lineamientos técnicos-administrativos, los estándares y las condiciones mínimas para la prestación del servicio de alimentación escolar.
5) Coordinar en conjunto con las entidades territoriales certificadas en educación la operación del Programa de Alimentación Escolar.
6) Cofinanciar con los recursos de la Nación el Programa de Alimentación Escolar.
7) Operar de forma centralizada el PAE en uno de los siguientes eventos:
a. Una Entidad Territorial Certificada (ETC) decida ceder la operación del programa a la ANA.
b. Cuando exista una demostrada incapacidad administrativa para ejecutar el programa.”
¿Cuáles son los objetivos de esta Ley?
“1. Crear un régimen de contratación pública que sea consecuente con la especialidad del programa de alimentación escolar.
2. Crear la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar (ANA) como ente rector del programa de alimentación escolar.
3. Facultar a la agencia para asumir de manera centralizada la operación del PAE cuando
a) La ETC decida cederlo a la ANA.
b) Cuando se demuestre que una ETC tenga incapacidad administrativa para operar el programa.
4. Evitar la existencia de operaciones paralelas en una misma ETC.
5. Establecer a las ETC como únicas destinatarias de los recursos del programa de alimentación escolar.
6. Establecer un régimen de transición para que el Ministerio de Educación asuma las facultades de la ANA, mientras esta inicia su operación”.
¿Cuándo una ETC tendría incapacidad administrativa?
“- Cuando exista contratación desarticulada del PAE con dos o más operadores. Es decir operación paralela.
- Cuando se presente incumplimiento en la ejecución del PAE mediante un esquema de bolsa común de recursos.
- Cuando se presenten graves incumplimientos de las condiciones higiénico sanitarias.
- Cuando las auditorías reporten hallazgos en la operación del PAE”.
¿Quién operará la alimentación?
“Esta ley regula el programa de alimentación escolar en todo el país, de tal forma que solamente las ETC o la ANA podrán operarlo”.
¿Cuál es el nombre de la Ley?
“Por la cual se regula el Programa de Alimentación Escolar, se crea la Agencia Nacional para la Alimentación Escolar, se modifican disposiciones orgánicas referentes a la utilización de recursos destinados a la alimentación escolar, y se establecen otras disposiciones”.
¿Cuántos artículos tiene esta Ley?
“Esta Ley tiene 36 artículos”.