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La Policía de Antioquia ya aplicó ocho multas del nuevo código

  • Foto de archivo. CRÉDITO Edwin Bustamante
    Foto de archivo. CRÉDITO Edwin Bustamante
30 de enero de 2017

A las nueve de la mañana de este lunes, menos de 12 horas después de la entrada en vigencia del nuevo Código de Policía, las autoridades de Antioquia ya habían impuesto ocho comparendos pedagógicos por comportamientos contrarios a la convivencia.

Aunque las personas amonestadas no tendrán que pagar el valor de las multas, pues el Gobierno fijó seis meses de gracia para hacer pedagogía del que será el nuevo manual de convivencia de los colombianos, lo que sí llama la atención es la rapidez con que se acumulan comparendos en el departamento antioqueño.

Lea aquí: ¿Nuevo Código de Policía mejorará la convivencia?

Estos son los artículos del nuevo Código de Policía que ya fueron violados en Antioquia:

Fumar en lugares públicos

Dos comparendos pedagógicos en los municipios de Nariño y El Retiro fueron impuestos este lunes por la Policía de Antioquia. Las infracciones corresponden al literal D del artículo 33, “Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas”.

Según el parágrafo primero de dicho artículo, fumar en lugares públicos no genera multa sino una amonestación.

Consumir bebidas alcohólicas

Tres ciudadanos de los municipios de Cisneros, Venecia y Sonsón recibieron un comparendo pedagógico de la Policía por consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos.

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La multa obedece a lo registrado en el literal 7 del artículo 140 del nuevo Código de Policía, que comprende los “comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público”:

“Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y en general, en el espacio público, excepto en las actividades autorizadas por la autoridad competente”.

Si la sanción no fuera meramente pedagógica, estos tres ciudadanos tendrían que pagar una multa tipo 2 de ocho salarios mínimos diarios legales vigentes (196.720 pesos).

El Código también plantea la posibilidad de que estas personas asistan a un programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia y sean remitidos a los Centros de Atención en Drogadicción (CAD) y Servicios de Farmacodependencia a referidos en la Ley 1566 de 2012.

Orinar en la calle

Dos ciudadanos de los municipios de Caracolí y Venecia fueron reprendidos este lunes por “realizar necesidades fisiológicas en el espacio público”, tal y como lo consigna el literal 11 del artículo 140 del nuevo Código de Policía.

Siga leyendo: Santos pidió a mandatarios locales aplicar el nuevo Código de Policía

Si no fuera una amonestación pedagógica, estas dos personas tendrían que pagar una multa tipo cuatro, que asciende a 32 salarios mínimos diarios legales o 786.880 pesos. También deberían asistir a un programa o actividad pedagógica de convivencia.

Mal parqueado

Un habitante del municipio de Yolombó recibió una amonestación pedagógica de la Policía por estar mal parqueado.

Según el artículo 89 del nuevo Código de Policía, los estacionamientos o parqueaderos son aquellos “bienes públicos o privados, destinados y autorizados de acuerdo con lo dispuesto en las normas de uso del suelo y en las normas que desarrollen o complementen por los concejos distritales o Municipales, para el estacionamiento y depósito temporal de vehículos automotores, motos o bicicletas, a título oneroso o gratuito”.

El parágrafo de dicho artículo señala que los parqueaderos de inmuebles de uso público, como zonas verdes, parques o escenarios deportivos, sólo podrán ser usados para estacionar vehículos con los “fines relativos a la destinación de tales bienes”.

En el Código no está registrado ningún tipo de sanción para esta infracción.

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