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Una reelección no conveniente: Arrubla

El expresidente de la Corte Suprema de Justicia explicó los cambios en la jurisprudencia que llevaron a reelegir a Ordóñez.

10 de julio de 2014
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Ante la coyuntura en el Consejo de Estado por la reelección del procurador Alejandro Ordóñez, el expresidente de la Corte Suprema, Jaime Arrubla Paucar, habló con El Colombiano sobre cómo fue la elección tanto de Alejandro Ordóñez como de Edgardo Maya, en la jefatura del Ministerio Público.

Cuando usted estaba en la Corte, al determinar el ternado para la Procuraduría, ¿qué se consideraba al respecto de los ternados?
"Me correspondió participar en el proceso de elección de dos procuradores, de Maya y de Ordóñez. El primero casi no se reelige, pues varios magistrados estaban impedidos por tener familiares trabajando en la Procuraduría, se declararon impedidos y se les aceptó el impedimento. En el caso de la elección de Ordóñez, la primera vez, él fue candidato del Consejo de Estado, el de la Corte fue Camilo Gómez Alzate. En ese momento hubo convocatoria pública y se escogió el candidato que cumplía con las exigencias constitucionales. Para la reelección de Ordóñez, lo ternó la Corte Suprema y cambió la jurisprudencia sobre impedimentos, pues no se apartó a los magistrados que tenían familiares trabajando en la Procuraduría, del proceso. Ya no estábamos allí pero no compartimos ese cambio de criterio que se tuvo cuando se ternó a Ordóñez".

¿La Constitución tiene un vacío respecto de la reelección del procurador?
"Sí, pues no dice si el procurador puede reelegirse o no. Ese es el quid del asunto. Algunos piensan que como no lo prohibe sí se puede reelegir. Otros pensamos que por tratarse de una elección que define el Congreso, y los congresistas son vigilados por el procurador, no es conveniente la reelección, afecta la moral pública y los principios de imparcialidad e independencia democrática. En nuestra opinión la interpretación correcta frente al vacío constitucional es que no debe haber reelección del procurador".

En su momento se cuestionó a los magistrados que nominaron a Ordóñez, cuyos familiares y allegados trabajan en la Procuraduría. ¿A este tema sí le cabe algún reproche legal o solo ético y moral?
"Cuando la Corte Suprema consideró el nombre de Ordóñez para ser reelegido, se cuestionó que había familiares de magistrados que trabajaban en la Procuraduría y por tanto debían apartarse del proceso y no se les aceptó el impedimento. Pero en mi opinión había otro problema, la Corte disciplinaba al procurador y adelantábamos los procesos que había en su contra, por ello se presentaba otra causal de impedimento, pero no se aceptaron y se ternó a Ordóñez. Creo que los impedimentos debieron aceptarse y la tesis de la Corte en ese momento, en el 2012, para no aceptarlos, fue que acababa de cambiar por completo el Consejo de Estado. Pero si hay impedimento para elegir familiares, con mayor razón para elegir al nominador, si hay parientes en la Procuraduría trabajando, el magistrado debe apartarse del proceso y se le debe aceptar su impedimento, es de elemental transparencia".

¿Cree que el Consejo de Estado pueda revocar la elección de Ordóñez?
"Argumentos jurídicos hay, en defensa de la transparencia, la moral pública y el equilibrio democrático. Es difícil, pues el poder burocrático de la Procuraduría tiene muchos tentáculos, aún en el Consejo de Estado. Los mismos magistrados lo manifestaron en el caso del alcalde Gustavo Petro. Sin embargo, el Consejo de Estado ha demostrado ser un tribunal independiente y no será inferior a su compromiso constitucional en este caso".

El exprocurador Edgardo Maya también fue reelecto en su momento y no se puso en tela de juicio ese acto ¿Cabe la posibilidad que en el caso de Ordóñez haya de por medio razones políticas?
"En ese caso y en ese momento nadie demandó. Por eso no se examinó la constitucionalidad de esa reelección. Ahora sí y le corresponde el Consejo de Estado pronunciarse. Vamos a tener jurisprudencia sobre el tema. Si se cae el procurador, habrá que elegir otro. En caso contrario, habrá que pensar en una reforma constitucional que lo prohiba expresamente, pues no es conveniente".

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