- El drama para obtener la pensión no distingue clases sociales.
- El seguro Social responde que la ley se aplica con responsabilidad.
- Eso es lo que denuncian los ciudadanos y varios expertos en el tema.
Gustavo Gallo Machado
Medellín
Luz Amparo Rodríguez* carga un sobre con fotocopias, autenticaciones, certificados, declaraciones extraproceso, formatos y solicitudes. Dentro de esta colección de documentos sobresale uno, en el que aparece el dictamen médico que advierte que, luego de trabajar 16 años frente a máquina, Luz Amparo perdió su audición.
Hace un año que la mujer va cada ocho días a las oficinas del Instituto de Seguros Sociales (ISS), en Monterrey, para reclamar la pensión a la que tiene derecho, no solo por el cumplimiento de su labor durante todos esos años sino por la discapacidad que le generó su oficio.
Pero no ha podido. Le responden que las semanas cotizadas no son suficientes, que le falta un papel, que necesita un abogado, que los fichos se acabaron. Siempre hay un pero, que a ella, sin embargo, no la detiene. De esa pensión dependen su hija desempleada y su nieta menor de edad.
Las traba jurídicas, como lo dice Aurora López*, otra empleada que después de 28 años de trabajar en confecciones se pensionó con el 78 por ciento del salario mínimo (359.970 pesos), son constantes. Tampoco desfallece y lleva un año tratando de que le aumenten la cifra, que no se justifica después de tantos años de labores.
El problema no distingue clases. A un ingeniero que se podía jubilar con sus tiempos del ISS, pero que además había servido en muy altos cargos nacionales y territoriales, le aplicaron la Ley 71 de 1988, no para mejorarle su pensión, sino para rebajársela del 90 por ciento al 75 por ciento.
Y, además, le pasaron a Cajanal y al Fondo Departamental cuotas aparte por los tiempos no reconocidos por haber hecho aportes, los cuales le negaron. Así, se le restó a la menguada pensión lo que esas cajas no tenían que pagar y les dejó al pensionado y a su viuda el encargo de dos pleitos perdidos de antemano.
Lo peor, que es engaño, les aseguraron que lo hacían aplicando el principio de favorabilidad para el trabajador.
Y hay más. Un economista que fue presidente de varias empresas tenía derecho a la transición, o sea a jubilarse con la edad, tiempo de servicio y porcentaje de antes de la Ley 100 de 1993.
Al hombre le reconocieron la transición pero le calcularon un promedio muy bajo. Como reclamó, le respondieron que le ajustaban el promedio pero que le daría menos pensión.
"Encontramos que la transición que ya era situación individual de derecho, se la reversaron por haber reclamado otra cosa totalmente diferente? Es un chantaje que se repite, un 'no chiste que, si le damos la razón en algo, lo tumbamos en otro derecho", dice Iván Restrepo Lince, gerente de Ingesistemas, quien estudia muchos de los abusos cometidos en el ISS.
La ley enreda
De acuerdo con Gloria María Yepes Vargas, actuarista y calculista y quien analiza a diario casos de pensiones del ISS, explica que son constantes las quejas ocasionadas por la interpretación de la ley, casi siempre en contra de la gente.
"Sacan todo tipo de argumentos y, como la normativa es tan compleja, aplican todas las leyes y aprovechan la ignorancia y la dificultad para interpretarla como quieren. Y así no sea explícito, se observa una política intimidatoria contra quien reclame algo más", dice la experta.
Así, del régimen de transición se pasa al régimen actual, citando leyes, normas, incisos, que confunden a quienes tratan de buscar una pensión adecuada por los años de trabajo.
Iván Restrepo Lince agrega que el asunto es más complejo como quiera que siempre debe aplicarse el principio de favorabilidad, es decir, la ley que más le convenga a la persona. Sin embargo, de acuerdo con los casos que a diario llegan a su despacho, sucede lo contrario.
"En Colombia tenemos las leyes más largas y más confusas, lo que hace que los funcionarios tengan un poder infinito. Y el principio de favorabilidad pareciera que no tiene aplicabilidad", recalca.
El gerente de Ingesistemas anota que el trasfondo de todo es que el Estado no cuenta con los recursos para pagar las pensiones debido a que se acabaron las reservas y hay un déficit tasado en unos 40 billones de pesos, por los cuales nadie quiere responder y, cuando se reclama, se invoca el principio de sostenibilidad financiera.
"Con todas estas leyes, decretos confusos, interpretaciones, esto no es un seguro sino un inseguro de vejez. Hay muchas amenazas y vamos en la dirección de castigar por todo".
*Identidades cambiadas a petición de las fuentes.
"La política es beneficiar a la gente": ISS
La vicepresidenta de Pensiones del Instituto de Seguros Sociales, María del Pilar Serrano Buendía, explica que para que una persona tenga derecho a la pensión debe cumplir con las semanas (por el régimen actual son 1.125 semanas) o el tiempo laborado en el servicio público. Así, debe trasladarse al centro de atención al pensionado con todos los documentos para analizar el caso. El expediente se traslada al centro de decisión, se confirma el tiempo, el ingreso a nómina y se hace el trámite en el banco, en un proceso que tarda cerca de cuatro meses, cuando toda la información está en el Seguro Social.
Añade que el problema es cuando se ha cotizado en un fondo público o privado diferente, y no se tiene la información completa.
La funcionaria asegura que en su dependencia no se tiene la política de intimidar a los usuarios. "Por eso, cuando hay funcionarios que intimidan, lo que puede hacer la gente es denunciarlo ante nosotros o ante la Contraloría, Personería o Procuraduría, para tomar las decisiones del caso".
Serrano Buendía recalca que, de acuerdo con el caso, en el Seguro Social siempre se aplica el principio de favorabilidad y niega que en la dependencia haya trabas o trampas jurídicas para afectar o confundir a la ciudadanía.
"No es que el Seguro diga que usted se va a pensionar con tal o cual porcentaje. Es que eso es lo que dice la ley. No es por capricho del ISS. Es porque la ley así lo estableció. Nosotros no somos ley, somos autoridad técnica que aplicamos la ley. Pero es claro que según el régimen se hará la liquidación de la pensión y, en caso de que lo cobijen varios regímenes, se aplicará el más favorable a la persona", insiste.
María del Pilar Serrano Buendía dice que las tutelas y demandas contra el Seguro Social son cada vez menos debido a que se implantó el sistema denominado prepensionados. Consiste en explicar el régimen que cobija a la persona antes de que se pensione, acopiar toda la información para que, cuando se cumpla la fecha de la pensión, el ciudadano no tenga mayor traumatismo.